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La justicia ratifica la anulación de dos comisiones de Caixabank por "abusivas"

La EKA/ACUV celebra que la resolución es "un paso más en su batalla frente a los desmanes de la Banca con el cobro de comisiones indebidas"

29 noviembre, 2022 17:42

La Audiencia Provincial de Álava ha confirmado este martes la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz que anulaba dos comisiones que cobraba Caixabank después de considerarlas “prácticas abusivas”.

El juzgado anuló una comisión de 6 euros por emitir un justificante especial por ingreso en cuenta de terceros. Asimismo, también anuló otra de 2 euros por el uso de ventanilla en gestiones que se puedan realizar por autoservicios.

Aunque la entidad bancaria recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial, ésta ha desestimado el recurso dando la razón a la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vascas (EKA/ACUV) que fue la que decidió denunciar el asunto ante los tribunales.

Caixabank aún tiene la opción de recurrir este fallo ante el Tribunal Supremo. Pese a ello, la EKA/ACUV celebra que los fallos judiciales conseguidos son "un paso más en la batalla de esta asociación frente a los desmanes de la Banca con el cobro de comisiones indebidas".

Comisiones abusivas 

El pasado mes de mayo la justicia declaró nulo, por su carácter "abusivo", el cobro de estas comisiones por parte de la entidad. Destaca que esta fue la quinta sentencia de este tipo que emitieron los juzgados alaveses, que han anulado este tipo de comisiones a otras entidades como Kutxabank, BBVA, Bankinter o Santander.

Una sentencia de este juzgado declaró abusiva la comisión de 2 euros impuesta por Bankinter a los ingresos en efectivo efectuados en cuentas de la entidad por terceras personas, y otra igual de Kutxabank que fue ratificada por el Tribunal Supremo.

Contrario a la normativa

La sentencia que anula estas comisiones subraya que este cobro "constituye una práctica abusiva y contraria a la normativa de protección de los consumidores y usuarios".

En consecuencia, condena a Caixabank a "cesar en la práctica indicada, a abstenerse del cobro de las indicadas comisiones o recargos, y a eliminar del folleto de tarifas de comisiones, condiciones y gastos, y del resto de los documentos informativos, la información relativa a su devengo".

Además, la sentencia establece que la entidad bancaria "publicará a su costa el fallo de la presente sentencia, una vez firme, en un periódico de los de mayor tirada en Euskadi".