Arcelor Mittal recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional que ha declarado nulo el ERTE que había planteado para sus centros en España y que había sido notificado a los trabajadores el pasado 8 de mayo, según han confirmado fuentes de la compañía. La multinacional planteó, en esa fecha, un expediente hasta el 31 de diciembre de 2020 para sus 8.236 empleados en España por "razones económicas y productivas". Dicho expediente no surgió a raiz de la pandemia, sino que era una prolongación de uno que ya existía desde junio de 2009. De las plantas abiertas en Euskadi (Etxebarri, Sesta, Bergara y Olaberria), este ERTE solo afectaba a la de Sestao.

El ERTE fue denunciado por los sindicatos y la Sala de lo Social la Audiencia Nacional ha decidido estimar las demandas interpuestas por UGT, CCOO, USO, ELA y LAB, que pedían que se declarara nulo, según recoge la sentencia que ha dado a conocer este miércoles el sindicato ELA. De este modo, el tribunal considera nula la decisión adoptada por la empresa y se condena a la misma a reponer a los trabajadores a la situación anterior, si bien la absuelve de la pretensión de vulneración del derecho de libertad sindical que se contiene en la demanda de ELA.

La resolución indica que "no resulta ajustado a los más elementales parámetros de la buena fe" presentarse en la negociación como un grupo laboral de empresas e invocar una causa económica como la previsión de pérdidas futuras y, "quirúrgicamente, a la hora de presentar la situación económica del grupo, prescindir del cómputo de aquellas sociedades que reparten beneficios, bajo el pretexto de que las mismas

consolidan cuentas en grupo extranjero, con la evidente intención de minorar las garantías establecidas en el ERTE que ya estaba vigente en la empresa".

A su juicio, ello evidencia el "fraude de ley" que se denuncia en alguna de las demandas interpuestas y cree que la "legislación excepcional en materia de regulación de empleo surgida con ocasión de la crisis sanitaria derivada del Covid-19, está siendo utilizada por la empresa de modo torticero para eludir el cumplimiento de las garantías pactadas en el ERTE aprobado en junio de 2009 y en sus sucesivas prórrogas". La sentencia, que recuerda que se le denegó a la empresa un ERTE por fuerza mayor relacionada con el covid-19, alude a la "mala fe patronal" en la negociación y a su "inexistente voluntad de paliar las consecuencias del ERTE".

La Audiencia Nacional considera que no se ha acreditado la concurrencia de un causa productiva "diferente de aquella para la que se acordó en momento la prórroga del ERTE que lleva vigente más de 11 años en la empresa" y lo declara nulo. La resolución puede ser recurrida mediante recurso de Casación ante el Tribunal Supremo, algo que Arcelor Mittal va a realizar en próximos días, ya que "no comparte" la decisión de la Audiencia Nacional.