Las ayudas a autnomos, empresas y entidades de la cultura de Euskadi finalizan el 16 de abril/ EP

Las ayudas a autnomos, empresas y entidades de la cultura de Euskadi finalizan el 16 de abril/ EP

Economía

Las ayudas a autónomos, empresas y entidades culturales de Euskadi finalizan el 16 de abril

Se destinarán 1,1 millones a "aliviar" las pérdidas de ingresos en 2020 derivadas de las limitaciones en la actividad por la covid-19

5 abril, 2021 16:00

El Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno vasco cerrará el próximo día 16 el plazo de solicitud de ayudas dirigidas a las personas autónomas, empresas y entidades profesionales de la cultura que hayan sufrido caídas de ingresos en 2020 como consecuencia de la covid-19, dotadas con 1,1 millones de euros. Estas ayudas tienen como objetivo ayudar a seguir con su actividad a aquellos profesionales autónomos, empresas y entidades del sector cultural vasco que, como consecuencia del descenso en sus ingresos debido a la pandemia, vean en peligro la continuidad de su actividad profesional.

Según los datos publicados por el Observatorio vasco de la Cultura, en los primeros meses de la pandemia la actividad cultural disminuyó en un 82,6%, destruyendo el 43% de los puestos de trabajo. Comparándolos con la temporada anterior a la covid-19, los ingresos se han reducido en un 40,8%. Este año la actividad cultural también se ve "muy limitada" debido a la situación sanitaria y, por ende, los ingresos "se reducirán también".

Los profesionales autónomos, empresas y entidades del sector cultural que en 2020 vieran reducidos sus ingresos, actividad y estructuras y deseen recibir ayudas, deberán cumplir varios requisitos. Así, el 70%, como mínimo, de la facturación de 2020 deberá corresponder a una o más de las siguientes actividades: artes escénicas, artes visuales, arqueología, audiovisuales, 'bertsolarismo', mediación o asesoramiento cultural, libros y literatura, música y patrimonio.

Deberán estar de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y en la Seguridad Social y, cuando corresponda, en los registros pertinentes, en el momento de realizar la solicitud y de justificar la subvención. Además, el objeto de la actividad o del fin social de la actividad debe ser las artes escénicas, artes visuales, arqueología, audiovisuales, bertsolarismo, mediación o asesoramiento cultural, libros y literatura, música y patrimonio.

Será necesario que a consecuencia de la crisis provocada por la pandemia la facturación de 2020 descendiera un 20% o más con respecto a la del ejercicio 2019, y deben tener la sede permanente en la Comunidad Autónoma Vasca. 

Al distribuir las subvenciones no se tendrá en cuenta a las actividades minoristas de difusión cultural como, por ejemplo, librerías, tiendas de música o cines; en el ámbito de la formación, las actividades no destinadas a profesionales del ámbito cultural; actividades deportivas, de ocio, tiempo libre, hostelería y turismo; y empresas públicas o entidades con subvenciones nominativas para los ejercicios 2020 y 2021. La cuantía de las ayudas ofrecidas a la persona o entidad beneficiaria será de hasta el 50% de la diferencia entre la facturación de los años 2019 y 2020, con un máximo de 30.000 euros.