Aprobada la nueva metodología del Cupo 22-26 con una base de 1.472 millones
Este nuevo acuerdo firmado en Madrid para los próximos cinco años mantiene el porcentaje del 6,24%
17 noviembre, 2022 13:18La Comisión Mixta del Concierto Económico ha aprobado este jueves la nueva metodología de Cupo para el quinquenio 2022-2026, que fija el cupo provisional del año base en 1.472 millones de euros, una cantidad muy similar a la desembolsada el año pasado. Además, ha acordado la concertación de dos nuevas figuras tributarias, el Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables y el Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos, así como la adaptación del Concierto Económico Vasco a los cambios introducidos en el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
Como ha informado la representación vasca en esta reunión, que ha durado menos de una hora, tanto la modificación del Concierto Económico como la aprobación de la nueva metodología del Cupo deberán tramitarse en las Cortes Generales en forma de leyes de artículo único.
Por parte vasca han participado el consejero de Economía y Hacienda, Pedro Azpiazu; la consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, Olatz Garamendi; los diputados generales de Álava, Ramiro González; Bizkaia, Unai Rementeria, y Gipuzkoa, Markel Olano; y la viceconsejera de Hacienda del Gobierno Vasco, Itziar Agirre. En representación de la Administración del Estado han asistido la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero; los secretarios de Estado de Hacienda, Jesús Gascón; de Presupuestos y Gastos, María José Gualda; y de Política Territorial, Alfredo González; y la secretaria general de Financiación Autonómica y Local, Inés Olóndriz.
Mantiene el índice de imputación del 6,24%
El Cupo provisional del año base es muy similar al que actualmente se estaba abonando desde la comunidad autónoma al Estado por las competencias no asumidas por aquella y en él no está integrada como carga asumida la valoración de las políticas activas de empleo, que se instrumenta anualmente como compensación del cupo líquido a pagar al Estado.
La metodología aprobada mantiene el índice de imputación en el 6,24 %, un porcentaje establecido hace cuatro décadas en función de la población y del peso de la economía vasca en el conjunto del Estado. Por otra parte, la Comisión ha ratificado el acuerdo suscrito por la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco el 28 de septiembre de 2022 en materia de estabilidad presupuestaria para el ejercicio 2023.
Nuevas figuras tributarias
Acerca de las nuevas figuras tributarias, en relación con el Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables, para los supuestos de fabricación, las Haciendas Forales recaudarán el impuesto cuando radiquen en territorio vasco los establecimientos donde se fabrican los envases. En el caso de las adquisiciones intracomunitarias y la introducción irregular de los productos objeto del impuesto, el punto de conexión para la recaudación será el domicilio fiscal del contribuyente.
Respecto al Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos, se ha acordado como punto de conexión para la exacción el Territorio donde se ubique el vertedero o la instalación de incineración o coincineración en la que se entreguen los residuos objeto del impuesto. Asimismo, las diputaciones forales podrán establecer tipos impositivos superiores a los establecidos en el impuesto.
En el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, se ha pasado a gravar directamente la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o la tenencia irregular de los gases fluorados que forman parte del ámbito objetivo del impuesto. Se ha establecido como punto de conexión en los supuestos de fabricación, así como para las ventas, entregas o consumo de gases realizados por contribuyentes autorizados como almacenistas, el lugar donde radique el establecimiento en los que se desarrolle la actividad.
En el caso de las adquisiciones intracomunitarias y en los supuestos de tenencia irregular de los productos objeto del impuesto, el punto de conexión acordado es el domicilio fiscal del contribuyente.