Manifestación convocada por el SMI vasco
ELA y LAB convocan a Confebask de nuevo para negociar un SMI vasco el próximo 24 de marzo
ELA y LAB han hecho una nueva propuesta de negociación a Confebask a través del Consejo de Relaciones Laborales, para que el próximo 24 de marzo se inicie la negociación
El TSJPV desestima la demanda de ELA y LAB contra Confebask por negarse a negociar el SMI vasco
Iba a ser la línea principal de trabajo de ELA y LAB este 2025; así lo confirmaron a su comienzo y así lo está siendo. A principios de este mes el TSJPV desestimaba la demanda de ambos sindicatos contra Confebask por negarse a negociar el SMI vasco, dejando este asunto en una aparente 'vía muerta' que este martes se abre de nuevo.
Con el objetivo de conseguir este Salario Mínimo Interprofesional, reivindicado desde hace años, ELA y LAB han hecho una nueva propuesta de negociación a Confebask a través del Consejo de Relaciones Laborales, para que el próximo 24 de marzo se inicie la negociación.
En esta nueva petición conjunta, y todavía sin respuesta de la patronal vasca, del CRL, ELA y LAB han recogido expresamente "que solo quieren negociar un nivel salarial básico que afecte a las relaciones laborales de la comunidad".
Cabe recordar que, de darse, este encuentro tendría lugar una semana después de la huelga general convocada -el 17 de marzo- "para pararlo todo" a la que recientemente se sumaba diversos grupos como Ernai, el Movimiento por las Pensiones, Jardun o Gure Esku.
"La patronal quiere acumular beneficios a costa de la explotación de los trabajadores, y por eso no quiere acordar salarios mínimos de 1.500 euros. Confebask no tiene problemas legales. legales. El Tribunal Superior estableció que era posible negociar los salarios más bajos, pero tras el veto de la patronal ahora es el momento de la huelga general", han demandado ambos sindicatos.
Además, han confirmado que recurrirán la sentencia del TSJPV del pasado 4 de febrero. "El Tribunal Superior argumentó que las negociaciones entre sindicatos y empresarios no pueden afectar, por ejemplo, a la regulación de la Seguridad Social, a la inembargabilidad legal de los salarios o la determinación de las indemnizaciones del FOGASA", han explicado.
Y han asegurado: "El Tribunal Superior indicó que las prestaciones sociales solo pueden establecerse mediante el salario mínimo legal y que para ello se debe seguir el procedimiento del artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores".