Entrada a un comercio de Bilbao en una imagen de archivo. EP

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Empresas

Medio millar de comerciantes y hosteleros reclamarán indemnizaciones al Gobierno vasco

Euskaldendak redacta un informe con las pérdidas globales durante la pandemia derivadas de un cierre "obligado" que "en ningún caso" puede ser imputado a sus asociados

30 enero, 2021 05:00

La Confederación de asociaciones de comerciantes, hosteleros y empresas de servicios de Euskadi, Euskaldendak, ha sumado a día de hoy 500 adhesiones de asociados para reclamar indemnizaciones por el impacto económico que la pandemia está generando en estos negocios. Euskaldendak presentará en primera instancia una reclamación al Gobierno vasco, pues entiende que los daños y perjuicios derivados del cierre de los negocios llega por la imposición de las medidas de cierre.

El territorio vasco que suma un mayor número de adhesiones es Bizkaia con 342, seguida de Gipuzkoa con 126 y Álava, con 32. "En la actualidad todavía existen actividades económicas obligadas a tener pérdidas por causas que en modo alguno le son imputables a los negocios, pues la suspensión de la actividad no ha sido voluntaria por las industrias o empresas perjudicadas"explica Xabier Aldalur, uno de los responsables de Euskaldendak, que ha encargado la redacción de un informe económico que recabe las pérdidas que la pandemia está generando entre sus asociados.

Hay base legal

El nuevo goteo de adhesiones ha hecho que Euskaldendak amplíe el plazo inicial para presentar reclamaciones en quince días más, hasta mediados de febrero, según ha avanzado su coordinador y responsable de la oficina técnica de Bizkaidendak, Santiago Reyes. Una vez concluya el nuevo plazo fijado, la confederación de comerciantes, hosteleros y empresas de servicios de Euskadi elaborará un informe global con las particularidades de cada caso. Será su equipo jurídico el que lo presente al Gobierno vasco y, en función de su respuesta, al Gobierno central.

En opinión de Euskaldendak "existe base legal" para exigir responsabilidad patrimonial a la administración en la propia Ley Orgánica 4/1981 que desarrolla la figura del estado de alarma. Ésta reconoce el derecho de resarcimiento de aquellos que sufrieron daños o perjuicios en su persona, bienes o derechos, a consecuencia de las medidas adoptadas durante la vigencia de la citada medida excepcional. La asociación ha cogido de referente dicha ley y ha decretado que esta situación no está motivada por ellos, si no que ha sido una consecuencia del estado de alarma impuesto por el Gobierno.