La Demarcación de Costas ha inciado la tramitación de un expediente para verificar si en el proceso de autorizaciones y licencias de la planta de coque de Petronor, en la localidad vizcaína de Muskiz, hubiera podido haber alguna irregularidad. Se trata de un procedimiento administrativo que ha comenzado esta semana y que llega tras la sentencia de la Audiencia Nacional que en 2019 señaló la necesidad de revisar el proceso de autorizaciones a la compañía filial de Repsol. El pronunciamiento judicial dictaminó que era necesaria una comunicación expresa de Costas dando luz verde a la planta de coque que se puso en funcionamiento con una inversión de más de 800 millones de euros. El Ayuntamiento de la localidad vizcaína dió todas las licencias a la instalación y entendió que el silencio administrativo de la Demarcación de Costas era un plácet. Ese punto es el que fue recurrido por la asociación ecologista Meatzaldea Bizirik y llevado a los tribunales. Fuentes de Petronor confirman que cuentan con toda la documentación y autorización de la planta de coque y adelantan que podrán disposición toda la información que sea pertinente en el proceso administrativa iniciado.
La planta de coque transforma los componentes más pesados del petróleo, el "fondo del barril", cuyo destino es la fabricación de fuelóleo en productos ligeros de mayor demanda. Se trata de una instalación que cuenta también con una unidad de cogeneración que autoabastece de vapor y electricidad necesarios para la refinería. En total, la planta de coque genera más de 45 MW de potencia y, además de responder a su propio consumo, puede verter a la red alrededor de 15 MW. Fue, en su puesta en marcha en 2013, el resultado de la inversión industrial más importante de Euskadi con 800 millones de euros financiados por el Banco Europeo de Inversiones y el Ministerio de Industria a través de su Programa de Reindustrialización.
Tras las primeras protestas ecologistas, el recurso a los tribunales contra las autorizaciones de la instalación desembocó en una sentencia de la Audiencia Nacional que fue de nuevo ratificada el pasado 2019 y en la que se marcaba la necesidad de revisar el procedimiento de autorizaciones. La cuestión estriba en si se puede reconocer el silencio administrativo como autorización o si se requiere un acto positivo expreso desde la Dirección de Costas y con el que el Ayuntamiento pueda aprobar la licencia.
En otras ocasiones en las que una construcción o edificación a vulnerado la Ley de Costas, la normativa establece que la infraestructura debe ser derruida y el titular debe pagar como multa el 50% de su coste. Siempre y cuando, claro está, que el expediente administrativo iniciado concluya ese punto. Los ecologistas han señalado además que, de ser así, iniciarán acciones contra el ayuntamiento de Muskiz por prevaricación.