El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena a las empresas Cofivacasa y Sidenor en el caso de un trabajador expuesto al amianto y fallecido por cáncer, cuya familia deberá ser compensada con 301.456 euros, informa la Asociación de Víctimas del Amianto en el País Vasco (Asviaimie).
Según señala Asviamie en una nota, el TSJPV rechaza de esta manera los recursos interpuestos por ambas empresas a la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de San Sebastián que les condenó en primera instancia al abono solidario de esta compensación incrementada con los intereses correspondientes.
La plataforma de afectados recuerda que el operario fallecido trabajó desde 1964 como laminador y más tarde como jefe equipo en el tren de llanta de la firma Pedro Orbegozo (luego Acenor) que, una vez cerrada su planta de Hernani (Gipuzkoa), lo trasladado a la fábrica de Basauri (Bizkaia), adquirida en el año 2000 por Sidenor. Asvimie explica además que Cofivacasa es una empresa pública, integrada en la SEPI, "sucesora" de Acenor, "tras adquirir los pasivos de su reconversión".
Aclara también que el trabajador fallecido antes de que se hiciera pública la primera sentencia fue diagnosticado por Osakidetza en 2019 de un carcinoma neuroendocrino de célula grande y de un carcinoma microcítico, y que ya anteriormente, en 2004, le había sido detectado un carcinoma transicional de vejiga. El comunicado precisa que la primera sentencia condenatoria fue recurrida por las empresas "culpando al hábito tabáquico" del trabajador "del origen común del cáncer pulmonar y vejiga".
No obstante, según Asvimie, el TSJPV ratificó la pena apoyándose en los criterios del Tribunal Supremo que constatan que "la prolongada exposición profesional al amianto durante años, sola y por si misma, puede generar una enfermedad profesional que es suficiente como causa exclusiva como para producir no solo los daños reclamados e incluso la muerte, y ello se fume o no".
La plataforma de afectados por el amianto reclama además a las citadas compañías que abandonen la vía de los recursos judiciales, que "multiplican el sufrimiento a las víctimas", y "reconozcan el daño causado por los incumplimientos preventivos".