La reforma laboral ya es una realidad en las empresas, que a distintas velocidades van poniéndose al día en materia de contratación para cumplir con los nuevos requisitos legales. Las enormes limitaciones a los contratos temporales están dando sus frutos a nivel estadístico, pero en el día a día la reforma genera desajustes que se están resolviendo vía negociación colectiva. Uno de los mayores problemas está en la construcción y en el nuevo contrato fijo discontinuo específico para el sector, que obliga a la recolocación del trabajador en otra obra de la empresa en la misma provincia cuando concluye el servicio. Esto no siempre es posible y empresarios y sindicatos buscan pactar fórmulas para responder a ello. El propio Ministerio de Trabajo sigue de cerca las conversaciones porque una de las propuestas sobre la mesa pasa por permitir que el trabajador que rechace su nuevo destino, y por tanto deje la empresa voluntariamente, pueda cobrar el paro.
Las particularidades de este contrato fijo discontinuo adscrito a obra conducirían a un escenario inédito en el resto de sectores económicos como es que un trabajador que deja la empresa por su propio pie, es decir, técnicamente no ha sido despedido, pueda acceder al cobro del desempleo. La cuestión tiene un gran fondo jurídico pero, en esencia, corresponde al Ministerio de Trabajo y a la Seguridad Social dar el visto bueno a esta excepción, que en definitiva supone abrir la puerta a un mayor desembolso de dinero público a través de prestaciones. Fuentes conocedoras del proceso señalan que las conversaciones con el ministerio llevan buen ritmo y que se podrían aprobar cambios antes de que termine el mes de mayo.
Las propias empresas no verían mal esta modificación para facilitar la salida de trabajadores si no les convence su nuevo destino. Y es que para la empresa encontrar acomodo para todo el personal fijo discontinuo cuando se termina un proyecto, y dentro de la misma provincia, no siempre es sencillo. El sector asume con naturalidad que no siempre se va contar con vacantes disponibles y se recuerda que, para acceder a otro puesto en muchas ocasiones será necesario un proceso formativo intermedio. En todo caso, la propia reforma establece que, si no existen alternativas de recolocación, se podrá extinguir el contrato con una indemnización fijada en el 7% sobre tablas salariales, lo que vendría a rondar los 33 días por año trabajado. También se puede despedir por esta cantidad si hay un exceso de personal para los nuevos destinos o si el trabajador no cuenta con cualificación para el puesto. La parte empresarial busca sobre todo poder agilizar los trámites en estos casos en que haya que dar salida al empleado y acortar esas cuantías de indemnización prevista.
Lo cierto es que el sector de la construcción vive un buen momento a nivel de proyectos en Euskadi, y de hecho las empresas trasladan dificultades para encontrar mano de obra. El convenio de Bizkaia, por ejemplo, fue el primero de Euskadi en sellar subidas similares al IPC para actualizar tablas y tratar de dotar de más atractivo a esta actividad. Con todo la casuística de cada empresa es diferente, y muchas simplemente por tamaño no tienen capacidad para reubicar trabajadores cuando se termina una obra, recuedan fuentes del sector. Y señalan que la aplicación de la reforma laboral está generando dudas en los departamentos de recursos humanos de las empresas, básicamente con las nuevas contrataciones (para contratos de obra y servicio anteriores a la reforma hay una moratoria de 3 años) que se espera puedan ser resueltas en los próximos meses. Otro gremio que busca alternativas a la limitación de la temporalidad es el de montajes y mantenimiento industrial, que se mueve también por picos de trabajo como la construcción.