Nuevo revés para el parque eólico Ferosca I, proyectado en los términos municipales de Llodio y Ayala, por la promotora Ferosca Wind -filial de Delta Power-.
Esta presentó un recurso de reposición -trámite administrativo que permite impugnar una resolución con el fin de que sea modificada o anulada- después de que la Diputación foral de Álava denegara la aprobación inicial del Plan Especial del parque, por incompatibilidad con el planeamiento urbanístico municipal de Llodio.
Trámite que ahora, según fuentes municipales, ha sido desestimado por la misma diputación foral al estimar que en dicho proyecto "existen aspectos sustanciales no subsanables".
Y es que, tal y como viene denunciando el Ayuntamiento de Llodio desde hace tiempo, el plan especial de este proyecto eólico "es incompatible con la ordenación estructural establecida por el PGOU de Llodio vigente, dado que en la zona de protección ambiental no es posible implantar nuevos usos privados, como es el pretendido por el plan especial".
Algo que desde la promotora rechazan contundentemente.
Tensión estructural del modelo renovable vasco
Señalan que este sería un planteamiento "desfasado" porque data del año 1995, cuando ni siquiera existían parques eólicos ni legislación sectorial en Euskadi. Además, indican que, mientras que en la cartografía que rige el PGOU se señala que dicha zona está catalogada como de 'protección ambiental' actualmente esto no sería así y en la zona habría un pastizal.
En esta línea puntualizan que el proyecto ya había superado la evaluación ambiental, siendo obligado así a ser reducido de seis a tres aerogeneradores por afección a la avifauna "con medidas preventivas y correctoras impuestas. Reabrir por vía urbanística una segunda evaluación ambiental encubierta es contrario a la coherencia institucional".
El fondo del litigio remite a una tensión estructural del modelo vasco: la ordenación territorial (DOT 2019 y el PTS de Energías Renovables en tramitación) orienta dónde deben ir las renovables, pero la clasificación urbanística municipal -el PGOU- puede cerrar el paso en el mismo emplazamiento. Son niveles de planificación distintos que no se solapan de forma automática, y ahí se juega el caso.
Una vez puesto fin, a través de esta desestimación, a la vía administrativa, la promotora ha anunciado que ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
