Tres juzgados de Bilbao se contradicen sobre el pago de las primas por prejubilación
Un juzgado ha rechazado el pago de las gratificaciones y otros dos han reconocido el derecho al cobro de estas primas, que llegan a alcanzar dos años de sueldo
2 febrero, 2021 05:00Tres juzgados de Bilbao han emitido sentencias contradictorias sobre las primas por prejubilación en los ayuntamientos vascos. Aunque el Tribunal Superior vasco de Justicia ya solo avala estas gratificaciones (que se cobran desde hace 16 años) en los casos en que haya un plan específico en el consistorio, un juzgado ha rechazado su pago en el ayuntamiento de Bilbao, que cuenta con este plan. En cambio, otros dos juzgados han reconocido el derecho al cobro. Estas primas llegan a alcanzar dos años de sueldo y afectan a los más de 20.000 empleados en esas administraciones locales.
Hasta el pasado año, pese a las reticencias de los consistorios, los juzgados vascos autorizaban siempre estos pluses, pero desde 2020 una sentencia del Tribunal Superior vasco ha dictado jurisprudencia: solo se avalan en los ayuntamientos donde existe un plan específico de recursos humanos, empleo o de racionalización de la plantilla.
El acuerdo para aplicar estas remuneraciones estaba plasmado en el llamado Udalhizt, vigente desde hace 16 años en la mayoría de los 250 ayuntamientos vascos. En el actual Udalhizt, las primas por jubilación aparecen en los artículos 95 y 96 de dicho convenio, con cuantías que van desde medio año de sueldo si la jubilación se produce el año anterior o de casi dos años si se materializa cinco años antes.
El sistema funcionó con normalidad hasta hace poco, cuando el Ayuntamiento de Vitoria intentó revocar las primas al colectivo de bomberos. En 2017 anuló la remuneración concedida a un bombero, una decisión avalada en un principio por un juzgado de lo contencioso administrativo con el argumento de que en estos casos no había una merma de la pensión.
Pero el asunto llegó al Tribunal Superior de Justicia que, en una sentencia dictada en julio de 2019, dio la razón al bombero y avaló la prima porque su existencia pretende “fomentar la racionalización de los recursos humanos y, en consecuencia, la de favorecer la renovación de los funcionarios por otros más jóvenes”.
Desde entonces, ha habido un goteo de sentencias de juzgados de lo contencioso que respaldan estas primas por jubilación anticipada, frente a la postura contraria de los ayuntamientos y la asociación de municipios Eudel
Sin embargo, los consistorios, reticentes al pago de estas gratificaciones, han ido argumentado que su abono solo es posible si en el municipio está aprobado un plan de racionalización de recursos humanos. Estos planes apenas existen en los municipios vascos, salvo en casos muy concretos, como Bilbao, Basauri o Irún.
Y han logrado el respaldo del Tribunal Superior, que cambió el pasado año el criterio. El presidente de la Sala de lo Contencioso del alto tribunal, Luis Angel Garrido, en una sentencia dictada el pasado 27 de mayo, señaló que “no basta con la intención de racionalización, sino que es la aprobación del programa la que permite fijar la correspondiente prima de jubilación”. Con ello, estableció que solo los funcionarios de ayuntamientos con un plan de racionalización tienen derecho al cobro del plus de jubilación anticipada
La consecuencia es que, desde mayo, los juzgados que avalaban la concesión de la prima empezaron a dictar sentencias que la desestiman y ya hay decenas de funcionarios que se han quedado sin esta remuneración, frente a otros empleados que las han cobrado.
Pero el asunto ha vuelto a complicarse. El Ayuntamiento de Bilbao, que dispone de un plan específico para avalar estas primas, suspendió las gratificaciones en junio pasado con el argumento de la crisis económica causada por el Covid-19. El Consistorio bilbaíno, según un informe de la Intervención Municipal, ha visto disminuidos sus ingresos anuales en más de 70 millones de euros. Desde 2000, ha pagado 7,7 millones por jubilaciones anticipadas y calcula que hasta 2025 el coste superará los 50,6 millones de euros.
El juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Bilbao ha aceptado los argumentos del ayuntamiento bilbaíno de que ha habido una “alteración sustancial de las circunstancias económicas”. En una sentencia, emitida el pasado 22 de diciembre tras una demanda interpuesta por el Sindicato Vasco de Policía y Emergencias, señala que esa merma “justifica adecuadamente la suspensión” de estas gratificaciones.
En cambio, los juzgados de lo contencioso administrativo número 1 y 5, en otros dos fallos dictados los pasados día 13 y 25 de enero sobre dos policías municipales de Bilbao, concluyen que se debe mantener el pago de las primas porque el plan de empleo “sigue siendo de aplicación”. “Lo que resulta claro es que el artículo [el referido a las primas por prejubilación] no se encuentra derogado y tampoco ha sido sustituido por otro, por lo que está vigente”, señalan las dos sentencias.