Un informe del Tribunal Supremo elaborado por el gabinete técnico de la Sala de lo Contencioso señala importantes lagunas en el decreto ley que el Gobierno de España aprobó el pasado martes en el Consejo de Ministros. Para los técnicos del Supremo un decreto ley no parece la mejor fórmula regular aspectos que tienen que ver con los derechos fundamentales y, además, critica que se le está imputando a la Sala del Alto Tribunal una función que corresponde a los gobiernos.
No ha gustado al Supremo la medida impulsada por Pedro Sánchez busca abreviar los plazos con los que el Alto Tribunal pueda aclarar la doctrina cuando cualquier de los Superiores de Justicia de las comunidades autónomas tumben las medidas de sus gobiernos, una vez decaído el estado de alarma. Así se desprende de un estudio del gabinete técnico del Tribunal Supremo que cuestiona aspectos constitucionales, procesales y administrativos de la fórmula Sánchez.
En primer lugar, arroja dudas sobre la posibilidad de emplear un decreto ley, por su poco rango legal, para regular cuestiones que tienen que ver con derechos fundamentales, como las referidas a la libertad de movimientos. El informe también señala que parece que con esta abreviación del procedimiento se está cargando a la Sala Tercera del Supremo de competencias que no le corresponden, además de cargarla con una cantidad de trabajo inasumible. El documento señala que no es posible dilucidar cada conflicto entre un Superior de Justicia y un gobierno autonómico, dando audiencia a ambas partes, en tan solo cinco días.
Por otro lado, cuestiona también el papel que se le da al Supremo en cuestiones de gobierno que corresponden al Poder Ejecutivo y no a la Judicial. Sobre el procedimiento, el informe también destaca las "numerosas dudas" que se generan por la indeterminación de los plazos y del momento en que puede interponerse el recurso al Supremo. Además, recuerda también los posibles problemas de garantías que pueden darse si se presenta un recurso de casación al Supremo sin haber agotado la vía prevista en el Superior de Justicia.