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La Audiencia Nacional ha concedido un permiso de tres días al exdirigente de ETA José Javier Arizcuren Ruiz, alias 'Kantauri'. Saldrá de la cárcel en el periodo dictado, pero con unas normas establecidas.

En esos tres días que establecerá la cárcel y en los que previamente deberá ejecutar un plan de salida, tendrá prohibido el contacto y la prohibición de acudir a lugares afectados por órdenes de alejamiento o vinculados a las víctimas y la obligación de retorno puntual a la prisión.

El exjefe está condenado, entre otros delitos, por el asesinato del dirigente socialista Fernando Múgica Herzog en 1996 o por el asesinato del concejal del PP de Sevilla, Alberto Jiménez-Becerril, y su esposa en 1998.

El exdirigente de ETA José Javier Arizkuren Ruiz, 'Kantauri', en una imagen de archivo de 2013 Chema Moya Efe

Tal y como ha adelantado 'El Confidencial' y recogido Efe, la Audiencia Nacional ha concedido un primer permiso al considerar la Sección Primera de la Sala de lo Penal el recurso que el preso presentó ante la denegación inicial de su solicitud por parte del juez de vigilancia penitenciaria de la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Pamplona, donde cumple condena.

Auto

'Kantauri', uno de los principales dirigentes de ETA detenido en Francia en 1999, es considerado responsable de múltiples asesinatos, fue condenado por el intento de asesinato del rey Juan Carlos en Mallorca en 1995, y suma penas de prisión de cientos de años, además de estar actualmente procesado por el asesinato del concejal del PP Gregorio Ordóñez en San Sebastián en 1995.

El auto del pasado 22 de junio estima el recurso interpuesto por este exdirigente de ETA al entender que el permiso se le denegó atribuyendo un peso excesivo a determinados factores, como que este preso no realice un programa cuya ausencia no se le pueda imputar o la existencia de causas pendientes, sin concretar el riesgo real de incomparecencia, ante un permiso breve y que debe cumplir varias reglas.

Fachada de la Audiencia Nacional en una imagen de archivo Efe

El auto señala asimismo que la concesión del permiso "no supone una normalización acrítica de la situación penitenciaria ni una desatención a las víctimas". Al contrario, argumentan los magistrados, "precisamente por la gravedad de los hechos, el permiso debe concebirse como un primer permiso ordinario, de duración limitada, sometido a control reforzado y con reglas expresas de respeto a las víctimas".

De esta manera, los magistrados de esta Sala, que contradicen el criterio de la Sección de vigilancia penitenciaria número 1 de la Audiencia Nacional y el adoptado por la Junta de Tratamiento del centro penitenciario, conceden el permiso de salida de tres días.

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