El Tribunal Supremo ha dado la razón al Gobierno de Navarra en la contienda legal que ha mantenido con la Diputación de Bizkaia para ver cuál de las dos haciendas era la que tenía derecho para recaudar los impuestos del actual entrenador del Eibar, José Luis Mendilibar, mientras estuvo en Pamplona dirigiendo al Club Atlético Osasuna entre 2011 y 2013.
La sentencia da la razón a la Hacienda foral de Navarra porque considera probado que el técnico de Zaldibar tenía su vivienda habitual en Pamplona, en la localidad de Gorraiz.
La cantidad por la que pugnan ambas haciendas podría ascener a 250.000 euros
La retribución de un entrenador de Liga de Fútbol Profesional (LFP) representa un sueldo muy voluminoso que supera con creces los límites marcados por el IRPF para el tipo marginal, es decir el porcentaje de retención para las rentas más altas. En el caso de Navarra, y durante los años en litigio, es un 50%. En aquel momento, el predecesor en el cargo de Mendibilibar, Xabi Gracia, cobraba 500.000 €, lo que para la Hacienda suponía 250.000 euros.
Es precisamente esa cantidad por la que han estado litigando Navarra y Bizkaia. Desde la Diputación de Bizkaia se argumentaba que el técnico residía en el País Vasco y que se trasladaba a diario hasta Pamplona. Una posición, que el entrenador también confirmó. A pesar de eso, el Supremo ha considerado que las pruebas aportadas por la Hacienda navarra han probado “de modo más que suficiente” que el técnico residió de modo habitual en Pamplona.
La sentencia señala que Osasuna facilitó una vivienda al entrenador y que en los datos de consumo de luz y agua de la vivienda se prueba que estaba habitualmente a diario. Además, el Gobierno navarro aportó también diversa documentación gráfica y publicaciones en medios de comunicación que certificaban la presencia de Mendilibar en “actos públicos y sociales diferentes a los propios de su empleo, y en horario no laboral”, que probarían su estancia regular en la capital navarra.