Euskadi está más cerca de aprobar una ley que aumente la protección de los animales de compañía, prohíba el sacrificio en centros de acogida, el maltrato y cualquier acción que provoque sufrimiento, y que endurezca las sanciones, hasta los 100.000 euros, para quienes les infrinjan daño.

El texto legislativo, que no parte del Gobierno vasco sino de los partidos socios en el Ejecutivo, PNV y PSE-EE, continuará con su andadura parlamentaria con el debate de las enmiendas después de que el pleno de este jueves haya aprobado la toma en consideración de la proposición de ley.

La mayoría de los grupos ha votado a favor de que se tramite, aunque EH Bildu y Elkarrekin Podemos-IU se han abstenido al considerar que la propuesta normativa tiene muchas carencias ya que se circunscribe a los animales de compañía cuando a su juicio la protección debe incluir a otros animales, por lo que tratarán de mejorar el texto durante el debate de las enmiendas, al igual que PP+Cs.

La propuesta busca actualizar la ley de protección animal vigente que data de 1993 y no entra a regular la conservación de la fauna silvestre, la caza, la pesca y la tauromaquia, al contar con sus reglamentaciones específicas.

Reglamentaciones específicas

La iniciativa prohíbe el sacrificio de animales que se encuentren en centros de acogida, con independencia del tiempo transcurrido desde su llegada. Precisa que solo podrá ser efectuado, previo informe veterinario, y por razones de sanidad animal, salud pública, seguridad medioambiental y de protección del patrimonio artístico y arquitectónico y, en todo caso, con métodos "no crueles e indoloros" y a cargo de un profesional veterinario.

Asimismo, se establece la figura de la eutanasia animal, que solo podrá ser aplicada cuando padezcan una enfermedad o dolencia incurable o dolorosa. Será siempre prescrita y realizada por un veterinario y "no se podrá llevar a cabo cuando la enfermedad sea tratable".

Los impulsores de esta normativa también quieren que se prohíban las competiciones de tiro pichón, las peleas entre animales y los espectáculos circenses y atracciones feriales con animales.

La proposición contempla además que el comercio de animales solo podrá ser llevado a cabo por los titulares de establecimientos con fines comerciales autorizados y no permite el comercio por particulares ni la exhibición de ejemplares vivos en los escaparates de los establecimientos.

La venta de perros y gatos en estos centros se deberá realizar a través de catálogos o medios similares que no requieran la presencia física de los animales. En cuanto a los perros potencialmente peligrosos, la propuesta subraya que deberán ser esterilizados y será necesaria una licencia administrativa específica para su tenencia.

Queda expresamente prohibido maltratar a animales o someterlos a cualquier práctica que les pueda producir sufrimientos, daños o angustia innecesarios así como su muerte.



Se considera maltrato disparar o agredir a los animales con cualquier clase de armas, lanzarles material pirotécnico, la utilización de collares de pinchos, de descargas eléctricas o de cualquier otro tipo que provoque dolor, malestar físico y psicológico, así como prácticas como el corte de la cola y de las orejas o la extirpación de uñas y dientes.



El suministro de alcohol, drogas o fármacos sin prescripción veterinaria, teñir a los animales como diversión o para su comercio y abandonarlos o mantenerlos en situaciones donde pueda peligrar su vida son otras formas de maltrato que se recogen en la propuesta.



Las sanciones se endurecerán, conforme al daño que se infrinja al animal y en el caso de las más graves la multa podrá llegar hasta los 100.000 euros. Entre estas se encuentran maltratar animales hasta su muerte; esterilizarlos, mutilarlos y sacrificarlos sin control veterinario; depositar alimentos envenenados en vías públicas; inducir, promover y organizar peleas; y comerciar criar o cruzar sin autorización especies de la fauna silvestre utilizadas como animales de compañía.



Para facilitar la localización de los animales perdidos, abandonados o robados, los titulares estarán obligados a identificarlos e inscribirlos en el registro Regia (Registro General de Identificación de Animales de Compañía) en el plazo de dos meses desde el nacimiento y de diez días desde la compra o cambio de titularidad. También tendrán que informar de la muerte.