Sociedad

Un juzgado condena a la Diputación de Bizkaia por evitar que un bombero participe en tertulias

El Gobierno foral vizcaíno había sancionado a un funcionario por participar en espacios de la radio pública vasca

20 octubre, 2021 21:59

Un juzgado de Bilbao ha anulado, al declararla ilegal, la orden de la Diputación de Bizkaia de impedir a un bombero participar en tertulias radiofónicas. Se trata de Ina Robles, el bombero que se negó en 2017 a la carga de armas españolas a un barco saudí. Entonces ya la Diputación de Bizkaia le abrió un expediente con la amenaza de dejarle hasta 6 años sin empleo y sueldo, pero todo quedó en una falta leve. Robles también denunció en 2012 a la Diputación porque no accedían mujeres a los servicios de Extinción de Incendios de los bomberos en Bizkaia y los tribunales también le dieron la razón.

A raíz de su objeción a la carga de las armas, Robles adquirió una gran notoriedad pública (fue concejal de Elkarrekin Podemos en Getxo durante un año) y fue requerido por diversos medios de comunicación vascos para participar en tertulias, de forma gratuita. En 2020 le llamaron para colaborar en Radio Euskadi con una contraprestación (60 euros mensuales) que donó a una ONG. Pese a que eran colaboraciones mensuales, él mismo consultó a sus superiores sobre la compatibilidad, al tratarse de un funcionario.

La Diputación vizcaína denegó la compatibilidad y, aludiendo a una ley de 1984, señaló que esas colaboraciones solo podían ser ocasionales, una o dos veces al año. Ante ello, tuvo que dejar de participar en los programas de radio y televisión.

Tras rechazar la Diputación vizcaína el recurso administrativo que interpuso, acudió a la vía contencioso-administrativa y el juicio se celebró el pasado 20 de septiembre. En la demanda, el bombero aludía a la vulneración de la libertad de expresión y que esa decisión de la Diputación “da pie a prohibir cualquier actividad privada, sea del tipo que sea, por el mero hecho de resultar reiterada en el tiempo. Imaginemos andar en bici; pescar; cazar; correr; entrenar a un equipo de niñas; ser voluntario en una ONG … Esto es, cualquier actividad privada que, aun no siendo una actividad laboral, estaría prohibida en abstracto a la luz de la OF (Orden Foral) impugnada”.

El demandante sostenía que se confunde una “actividad privada” relacionada con su activismo con una “actividad laboral”.

De hecho, Ina Robles lleva más de 15 años como activista. En 2012, ya denunció a la Diputación vizcaína por discriminación a la mujer en una oposición del Servicio de Extinción de Incendios. El caso llegó a los tribunales, que sentenciaron que era un caso de “flagrante discriminación hacia la mujer”. Desde entonces las pruebas físicas de acceso han cambiado, posibilitando la entrada de mujeres en el Servicio, en la que estaban vetadas.

El juzgado de lo contencioso administrativo 1 de Bilbao ha anulado la decisión que vulneraba la libertad de expresión el bombero, adoptada en abril pasado por la Diputación de Bizkaia. En la sentencia, dictada el pasado 18 de octubre, se concluye que “la Diputación Foral de Bizkaia no explica las razones por las que una colaboración puntual en un programa de radio puede llegar a impedir el cumplimiento de los deberes profesionales y de los posibles objetivos de rendimiento”.

El fallo señala que ello ya es “suficiente para proceder” a anular la decisión de la Diputación. Pero agrega que el artículo 19 de la ley de incompatibilidades de los funcionarios establece como excepción “la participación ocasional en coloquios y programas en cualquier medio de comunicación social”.

El juzgado señala que la actividad privada “consistente en la participación puntual en un programa de comunicación resulta compatible con el desempeño por el actor de su labor como bombero”.