Un hombre revisa su factura. rawpixel.com
Ya es oficial: puedes reclamar facturas eléctricas si estas son incorrectas, según la Ley del Sector Eléctrico vigente actual
El consumidor tiene su derecho para reclamar y pedir la corrección del importe facturado en el caso de detectar errores o cobros indebidos.
Más información: Ya es oficial: si detectas cargos no autorizados, puedes reclamar su devolución inmediata, según la Ley.
Cuando se realiza una compra, uno suele revisar bien los datos y los cobros, pero hay ocasiones en las que se puede colar alguna factura eléctrica incorrecta porque no se ha revisado correctamente.
En este tipo de casos, el consumidor tiene su derecho para reclamar y pedir la corrección del importe facturado en el caso de detectar errores o cobros indebidos. Motivo por el que es importante revisar las facturas y también conservarlas, pues favorecen el proceso de reclamación.
Lo que dice la Ley
Tal y como señala la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico en su artículo 44, el consumidor tendrá derecho a una facturación correcta. A la hora de formalizar un contrato de acceso con la empresa o un contrato de suministro, se debe especificar la identidad y dirección de empresa, la duración del contrato y condiciones para su renovación, las causas de rescisión y resolución de los mismos, "así como el procedimiento para realizar una u otras".
También se debe especificar las cláusulas bajo las que se pueden revisar las condiciones establecidas en el contrato, el procedimiento de resolución de conflictos, información actualizada sobre precios y tarifas aplicables y la disposición oficial donde se fijen, el nivel de calidad mínimo exigible en los términos que se establezcan y las repercusiones en la facturación, los plazos para la conexión inicial.
Asimismo, debe incluir la información completa y transparente sobre ofertas comerciales y la información relativa a otros servicios prestados "incluidos, en su caso, los servicios de valor añadido y de mantenimiento que se propongan, mencionando de manera explícita el coste de dichos servicios adicionales y su obligatoriedad o no".
Por su parte, en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica en el artículo
En el caso de que haya un cobro indebido por parte de la compañía y no te lo devuelve, el Defensor de Tu Vivienda expone que debes recoger toda la documentación importante (contrato de suministro, facturas anteriores y lecturas del contador...).
El siguiente paso es presentar una reclamación formal a la empresa y notificarle el error a través del uso de canales de la compañía, la atención telefónica, correo o página web. Debes describir la problemática de manera clara y precisa y adjuntar las pruebas para respaldar. Acto seguido, solicita una confirmación por escrito y referencia de la reclamación. A partir de entonces, la compañía cuenta con 30 días para responder la reclamación.
También puedes acudir a ciertos organismos de defensa del consumidor si sigue sin resolver el problema, como las Oficinas de Consumo (OMIC) o la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), donde hay que presentar una copia de la reclamación inicial con la documentación.
Como últimos intentos, puedes presentar una reclamación a la Junta Arbitral de Consumo, que permite llegar a acuerdos sin acudir a tribunales y también puedes iniciar el procedimiento judicial para pedir el dinero y contar con un abogado.