Una trabajadora acosa a otra. Shutterstock
Ya es oficial: tienes derecho a protección frente al acoso laboral, según la Ley
La Ley también protege a aquellos trabajadores que se enfrentan a estas situaciones difíciles.
Más información: Confirmado por el Estuto de los Trabajadores: puedes negarte a hacer horas extra obligatorias.
El acoso laboral es más frecuente de lo que parece. A veces sucede que se normalizan conductas dañinas hacia el resto de trabajadores, como gritos delante del resto de empleados, bromas de mal gusto, apartar a una o a unas trabajadoras de ciertas actividades de ocio en las que se incluye a la gran mayoría, insultos y un largo etcétera.
Este tipo de acciones de acoso psicológico y verbal generan presiones y malestar en la persona afectada y, con el paso del tiempo, pueden afectar a la salud emocional y al rendimiento. Motivo por el que es importante identificarlas.
Lo que dice la Ley
Pero la Ley también protege a aquellos trabajadores que se enfrentan a estas situaciones difíciles. Tal y como recoge el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en su artículo 4.2, los empleados tienen derecho, entre otros, a no ser discriminados de manera directa o indirecta para el trabajo o, una vez empleados, por motivos de estado civil, edad u origen étnico.
Así como por su condición social, "religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, identidad sexual, expresión de género, características sexuales, afiliación o no a un sindicato, por razón de lengua dentro del Estado español, discapacidad, así como por razón de sexo, incluido el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de los derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral".
Además, el empleado tiene derecho a su integridad física y a una correcta política de prevención de riesgos laborales, al respeto de su intimidad y a la consideración a su dignidad, "comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo".