Son cada vez más consumidores los que se encuentran con trabas o dificultades a la hora de darse de baja en una empresa. Algunos se topan con procesos largos o formularios difíciles de encontrar o incluso con la obligación de contactar mediante vías poco accesibles para cancelar un servicio.
En este sentido, la Ley contempla que las compañías deben facilitar el proceso a los usuarios de una manera transparente, clara y directa. En el caso de que esto no se cumpla se podría considerar una práctica abusiva y puede acarrear sanciones.
Lo que dice la Ley
Según expone el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias en su artículo 62.3 y 62.4, en los contratos de prestación de servicios o suministro se prohíben las cláusulas que fijan plazos de "duración excesiva o limitaciones que excluyan u obstaculicen el derecho del consumidor y usuario a poner fin al contrato".
Además, los contratos de prestación de servicios o suministro de productos de tracto sucesivo o continuado deben tener en cuenta de forma expresa el proceso mediante del cual el usuario puede tener derecho a finalizar el contrato.
Asimismo, en el artículo 47 se detalla que se trata de infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios si se dan limitaciones o exigencias injustificadas al derecho "del consumidor de poner fin a los contratos de prestación de servicios o suministro de productos de tracto sucesivo o continuado, la obstaculización al ejercicio de tal derecho del consumidor a través del procedimiento pactado, la falta de previsión de éste o la falta de comunicación al usuario del procedimiento para darse de baja en el servicio".
En esta línea, en el artículo 49 se establece que las infracciones leves acarrearán una multa de entre 150 y 10.000 euros, pudiéndose rebasar las mencionadas cantidades hasta obtener entre dos y cuatro veces el beneficio ilícito obtenido. Por su parte, las infracciones graves oscilarán entre los 10.001 y 100.000 euros y las muy graves entre 100.001 y 1.000.000 de euros.
