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Cuando se tiene una vivienda en alquiler hay que prestar especial atención a las normas que lo regulan, entre ellas la Ley de Arrendamientos Urbanos, que es la que establece los derechos y obligaciones de los propietarios.

Teniendo en cuenta esta normativa, los caseros que tarden más de 30 días en devolver la fianza al finalizar su contrato de alquiler, es decir, desde que el inquilino hace entrega de las llaves.

Así lo recoge el artículo 36.4 de la LAU, “El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución”.

Por ello, cuando el arrendamiento termina y no se prorroga, el dinero debe volver al inquilino. La LAU no fija una fecha concreta de devolución inmediata, pero sí marca el punto a partir del cual empiezan las consecuencias económicas.

No obstante, el incumplimiento de esta obligación el propietario puede enfrentarse a una penalización económica, la cual se recoge en el artículo 1108 del Código Civil. Según dicho texto legal, la penalización es el interés del 3,25%, el mismo porcentaje que se viene repitiendo desde 2023.

La fianza, según la ley

La fianza es obligatoria por ley al firmar el contrato de alquiler en una vivienda en España. Además, esta equivale a un mes de alquiler para vivienda habitual, mientras que para un local distinto a vivienda, son dos meses.

“Durante los cinco primeros años de duración del contrato, o durante los siete primeros años si el arrendador fuese persona jurídica, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir que la fianza sea incrementada, o el arrendatario que disminuya, hasta hacerse igual a una o dos mensualidades de la renta vigente, según proceda, al tiempo de la prórroga

Qué puede hacer el inquilino

Cuando se supera el mes legal sin devolución ni explicación, el inquilino puede exigir el pago de inmediato. Es recomendable conservar pruebas de la entrega de llaves, del estado de la vivienda y del contrato firmado.

Si el propietario ignora la reclamación, el afectado puede acudir a los tribunales para reclamar la fianza y los intereses correspondientes. Este tipo de procedimientos suele resolverse como reclamación de cantidad.

La existencia de un plazo legal tan concreto refuerza la seguridad jurídica del alquiler. No devolver la fianza a tiempo no es solo una mala práctica, sino que también puede convertirse en un coste adicional para el casero.