La Audiencia de Álava ha rebajado de 12 a 7 años la pena impuesta a dos presas que abusaron sexualmente de otra al aplicar la nueva ley del "solo sí es sí", más beneficiosa para ellas. Los hechos ocurrieron en el centro penitenciario de Álava cuando tres reclusas atacaron en grupo a otra presa a la que sujetaron para introducirle los dedos en la vagina con la intención de buscar droga.
La Audiencia explica en sendos autos que debe aceptar la revisión de penas que han solicitado las defensas de dos de estas reclusas. En el caso de la tercera será el propio tribunal el que revise de oficio su sentencia para aplicar la nueva legislación, han detallado a Efe fuentes jurídicas. Cada una de las dos reclusas a las que ahora se reduce la pena fueron condenadas a 12 años de cárcel como autoras de un delito consumado de agresión sexual con penetración con la agravante de actuar en grupo, y a otros 6 meses por un delito de robo con intimidación en grado de tentativa, con la agravante de reincidencia y la atenuante de drogadicción.
Los dos autos dictados ponen de relieve que la revisión de la condena impuesta a ambas afecta únicamente al primer delito, el de agresión sexual. En ellos se explica que la legislación anterior preveía para este delito una horquilla de penas de 12 a 15 años de cárcel y que se les impuso 12 al concurrir la atenuante de drogadicción. Ahora, la nueva "Ley de garantía integral de la libertad sexual" prevé una horquilla de 7 a 15 años de prisión.
A la hora de establecer la nueva pena, el tribunal señala que estos hechos se cometieron en prisión y que no existió ánimo lúbrico, sino que se trató de un "hecho puntual" y quedó "claro que la intencionalidad era buscar droga". Por ello la Audiencia rebaja a 7 años la pena por el delito de abuso sexual para cada una de ellas y mantiene tanto los 6 meses por el delito de robo como el periodo de 5 años de libertad vigilada una vez que abandonen la cárcel que se les impuso en la sentencia original.