La Audiencia de Álava ha decretado la puesta en libertad este martes del hombre condenado a nueve años de cárcel por tocamientos a varias menores mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria en 2019 al que el Tribunal Supremo rebajó la pena a cuatro años y medio en aplicación de la ley del solo sí es sí.
La Sección Segunda de la Audiencia alavesa ha dictado un auto en el que decreta hoy la puesta en libertad de este hombre al haber cumplido ya su condena y expide este mandamiento de libertad al director del Centro Penitenciario de Álava, donde ingresó el 23 de diciembre de 2019.
La pasada semana el Tribunal Supremo acordó rebajar de nueve a cuatro años y medio de prisión la condena a este hombre que realizó tocamientos a cuatro niñas menores de 16 años y a otra mayor mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria el 22 de diciembre de 2019 al aplicar la nueva ley del solo sí es sí, más beneficiosa para él.
La Audiencia Provincial de Álava, en primera instancia, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, después, le condenaron a nueve años de cárcel por cuatro delitos de abuso sexual a menores y otro de abuso sexual a mayor de edad.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo comunicó el fallo de su sentencia a la Audiencia Provincial de Álava para que acordara lo procedente en relación con la situación personal del condenado que estaba próximo a cumplir los tres años de prisión.
Ahora la Audiencia Provincial de Álava ha hecho la "liquidación" de la condena de este hombre en un auto hecho público este martes en el que reconoce que en este caso se da una situación "peculiar" porque tiene el fallo del Tribunal Supremo "fijando definitivamente la pena a cumplir" pero todavía no ha recibido la sentencia en sí.
"De cualquier forma, -dice la Audiencia alavesa- con esa información puede determinarse que el reo terminará de extinguir la condena que le va a ser impuesta el 20 de diciembre de 2022, fecha en que cumplirá 3 años (1.095 días) en prisión, por lo que procede acordar su excarcelación para dicha fecha". Esta resolución no es firme y cabe recurso de súplica en el plazo de tres días desde su notificación ante la Audiencia Provincial de Álava.
El Alto Tribunal explicaba en su resolución que debe imponerse al acusado la pena mínima por la escasa entidad de los tocamientos, que antes de la reforma legal estaba fijada en dos años de prisión por cada abuso a menor y uno para abuso a mayor de edad, pero la nueva ley permite en los casos de menor gravedad "rebajar en un grado la pena, lo que se ha aplicado al condenado al ser la nueva legislación más beneficiosa".
Añadía que, de conformidad con el artículo 76.1 del Código Penal, el máximo de cumplimiento de pena en este caso quedaba reducido a la mitad.
Antes era de seis años (el triple de la pena más elevada que eran dos años) y ahora con la reforma de la ley orgánica de delitos sexuales es de tres años, por ser el triple de la pena más grave, que queda fijada en un año, agregaba el Supremo.
En libertad el hombre que abusó de cuatro menores en Vitoria y cuya condena rebajó el Supremo
La Audiencia de Álava decretado la puesta en libertad del hombre que se benefició de la 'ley del sólo sí es sí'. Fue condenado por tocamientos a varias menores mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria en 2019
20 diciembre, 2022 23:17Addoor Sticky