La Autoridad Vasca de la Competencia (AVC) ha elaborado un informe hecho público recientemente sobre el impacto de la regulación de ciertas cuestiones del ámbito laboral en la libertad de mercado. Y señala a uno de los pilares del ecosistema sociolaboral vasco como es el convenio sectorial y, en concreto, pone bajo la lupa una decena de tipos de cláusulas recurrentes en los acuerdos entre patronales y sindicatos que pueden mermar la competitividad.
La tesis principal es que al ser el convenio sectorial un paraguas legal que viene a unificar criterios entre empresas del mismo ámbito, esto puede suponer en algunos casos ventajas y en otros desventajas respecto a competidoras que no se encuentran bajo esa regulación. En definitiva, que hay ciertas cláusulas que es mejor evitar o, al menos, orientar de otra forma para no restringir la libertad empresarial. Todas las reflexiones van acompañadas de casos prácticos con la correspondiente argumentación legal.
Algunas son cuestiones muy solicitadas por la parte sindical en las mesas de negociación como la prohibición de las empresas de trabajo temporal (ETT) o de la subcontratación, dos límites que la entidad que encabeza Alba Urresola recomienda directamente no incluir en los convenios sectoriales.
Sobre otro punto cada vez más común en las plataformas sindicales como es la subrogación (mantenimiento del puesto y condiciones de trabajo en caso de que la empresa principal cambie de contrata), recogida en el Estatuto de los Trabajadores, se apunta que, aunque se han observado en ocasiones malas prácticas por el uso indebido de información, no es aconsejable su eliminación por tener un objetivo legítimo.
Salarios y horarios
El informe aborda también los dos grandes pilares de cualquier convenio como son salarios y tiempo de trabajo, aunque sin posicionarse de manera tajante. Sí se hace un apunte muy claro respecto a que la "homogeneización" de los salarios vía convenio de sector puede ir contra la competencia. "A pesar de que la garantía de unos niveles de retribución constituya un objetivo loable, existe cierta incompatibilidad de estas cláusulas con la normativa de defensa de la competencia", indica el informe.
Y señala más adelante que estas cláusulas "pueden introducir una desincentivación de una competencia efectiva a raíz de la homogeneización de las condiciones laborales". En concreto se apunta a dos problemas principales como son una pérdida de competitividad entre empresas del mismo sector y, a la vez, "efectos negativos sobre los propios empleados ya que les priva de la posibilidad de obtener un salario más elevado o unas mejores condiciones laborales".
En ese sentido Competencia recomienda apostar por franjas salariales "otorgando de este modo un margen más amplio a las empresas para competir por la captación de trabajadores y rompiendo con la dinámica habitual de determinar un importe mediante negociación colectiva".
En cuanto al tiempo de trabajo la AVC apunta a la regulación de horarios de apertura y cierre de establecimientos recordando que establecer unas horas fijas para todos los competidores vía convenio no solo no es recomendable sino que es ilegal, recordando en ese sentido el veredicto del tribunal vasco de Competencia en 2009. Así, las limitaciones deben ser fijadas por cada negocio de forma independiente "teniendo en cuenta la legislación nacional o autonómica al respecto".