El máximo órgano de resolución de los conflictos entre tribunales, el Supremo, ha emitido un auto este viernes en el que respalda los despidos colectivos que las empresas del sector aeronáutico acometieron durante la pandemia argumentando motivos económicos que tenían su origen previo. La posición del Tribunal Supremo se ha marcado al ratificar la sentencia de la Audiencia Nacional que avala el ERE de Alestis, que supuso el despido de 56 trabajadores en su planta de Vitoria. La concreción del criterio judicial no es baladí, ya que el Superior de Justicia del País Vasco había generado una importante incertidumbre en las empresas de Euskadi. La sala presidida por la magistrada Garbiñe Biurrun, habían planteado un criterio cambiante. Así, Aernnova vio como los tribunales avalaban su ERE, mientras que la filial de ITP Aero, PCB, en cambio, recibió una sentencia que anulaba sus despidos.
Otro problema es el caso de las pequeñas empresas proveedoras de la aeronáutica que se han quedado en el camino. Es el caso de Jesda, una proveedora de Aernnova, que se convritió en el símbolo de este debate al ser la primera en recibir una sentencia que anulaba sus despidos y que ha terminado por desaparecer.
El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de la Audiencia Nacional sobre el ERE de la empresa aeronáutica Alestis, que supuso el despido de 150 trabajadores, al entender que concurren las causas productivas alegadas por la empresa para proceder a la extinción de los contratos.
El pleno de la sala cuarta, que ha adelantado el fallo pero no la sentencia completa, que se conocerá en los próximos días, ha desestimado así los recursos de casación presentados por los sindicatos ELA y CGT contra el ERE de Alestis, propiedad en un 76 % del grupo Aciturri y en 24 % de la SEPI. El ERE implicó la desaparición de 374 empleos en toda España (150 despidos y 224 prejubilaciones y salidas voluntarias).
El Supremo, según informa EFE, asume los argumentos de la compañía sobre las causas que justificaron el ERE, dada la significativa reducción de la carga de trabajo ya que Airbus, que absorbe el 96,5 % de su producción, había comunicado "de forma oficial y definitiva" la reducción de las unidades a producir para dichos años. A ello hay que añadir, prosigue el Supremo, que desde 2012 la empresa había venido afrontando sucesivas reestructuraciones para adaptarse a la carga de trabajo, que en dicho año fue declarada en concurso de acreedores aprobándose el convenio el 7 de febrero de 2014, habiéndose pactado una espera de siete años.
En 2021, Alestis ha afrontado el 33 % de la deuda concursal y no concursal, que asciende a 94 millones de euros