El presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga.

El presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga. Cedida

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Jainaga pide a la Audiencia Nacional que anule el registro de Sidenor del pasado 10 de febrero

La representación legal de Jainaga insta al alto tribunal a dictar un nuevo auto en el que acuerde la nulidad de la entrada y registro en Sidenor

La Policía Nacional registra la sede de Sidenor por la venta de acero a Israel

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El pasado 12 de noviembre, el presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga y otros dos directivos de la empresa declararon como investigados ante el Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional.

En su declaración, Jainaga aseguró haber acreditado ante la Audiencia Nacional (AN) que Sidenor no había cometido "irregularidad alguna en las ventas de acero a Israel", ya que el acero fabricado por Sidenor y exportado a Israel no figuraba, explicó en su momento, "entre los productos sometidos a un control especial por parte de la administración".

Tras ello, el pasado 10 de febrero, la Policía Nacional se personó en la sede de Sidenor de Basauri para recabar información en relación a la investigación, registro sobre el cual este jueves Jainaga ha pedido su nulidad.

En un recurso de apelación registrado en la tarde de este pasado martes, al que ha tenido acceso Europa Press, la representación legal de Jainaga insta al alto tribunal a dictar un nuevo auto en el que acuerde la nulidad de la entrada y registro en Sidenor.

Agentes de la Policía Nacional a las afueras de la sede de Sidenor

Agentes de la Policía Nacional a las afueras de la sede de Sidenor Europa Press

Presunto delito de contrabando

Esta actuación se produjo después de que el juez de la Audiencia Nacional, Francisco de Jorge, acordara en octubre investigar a José Antonio Jainaga, por presuntos delitos de contrabando y participación por complicidad en un delito de lesa humanidad o de genocidio por la venta, sin autorización, de partidas de acero a la compañía Israel Military Industries (IMSI).

En un escrito de la Fiscalía relativo al registro, aseguró que la causa abierta para investigar si el presidente de Sidenor y otros dos directivos de la empresa vasca debería continuar solo para determinar si se ha podido cometer contrabando, excluyendo la presunta participación por complicidad en otro de lesa humanidad o, alternativamente, de genocidio.

Además, se opuso a que se realizara esta diligencia al considerarla "inadecuada y desproporcionada en un juicio ponderativo con el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio", previsto en el artículo 18.2 de la Constitución.