ErNE logra una sentencia que reconoce como retribuido el permiso parental por cuidado de menores de 8 años
ErNE logra una sentencia que reconoce como retribuido el permiso parental por cuidado de menores de 8 años
La resolución judicial ordena al Ayuntamiento de Bilbao a reintegrar las cantidades que fueron descontadas de la nómina de un funcionario, agente de la Policía Local, como consecuencia del disfrute del permiso parental
La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Bilbao ha dictado una sentencia en la que declara el carácter retribuido del permiso parental para el cuidado de menores de ocho años, previsto en el artículo 49.g) del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
El agente disfrutó en 2025 de dos semanas de permiso parental, periodo que posteriormente el Ayuntamiento de Bilbao descontó de su salario.
Ante esta decisión, la asesoría jurídica del sindicato ErNE recurrió la medida, obteniendo ahora una sentencia favorable que reconoce el derecho del funcionario a percibir íntegramente sus retribuciones durante ese periodo.
La resolución judicial ordena al Ayuntamiento de Bilbao a reintegrar las cantidades que fueron descontadas de la nómina de un funcionario, agente de la Policía Local, como consecuencia del disfrute de dicho permiso.
Hasta el momento no constaba que se hubiera dictado una sentencia similar en el ámbito de la función pública en ninguna plaza judicial del estado, de manera que esta resolución judicial marca precedencia.
Por tanto, esta resulta especialmente relevante, ya que abre la puerta al disfrute efectivo y remunerado de este permiso, en un contexto en el que hasta ahora su aplicación práctica suponía que estas semanas se considerasen como no retribuidas.