Fachada exterior del Juzgado de San Sebastián.
La justicia absuelve a Astilleros Balenciaga de indemnizar a un antiguo empleado
El Juzgado de Donostia dio el visto bueno al despido improcedente con 72.000 euros de indemnización a un trabajador de la empresa, pero el TSJPV concluye que hubo "una excedencia voluntaria sin derecho a reserva de puesto"
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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dado un giro de 180 grados respecto al caso de un veterano trabajador de Astilleros Balenciaga que pedía más de 72.000 euros de indemnización por despido improcedente. A pesar del visto bueno del Juzgado de Donostia, el TSJPV concluye que hubo "una excedencia voluntaria sin derecho a reserva de puesto".
De esta manera, se pone fin a un caso de más de dos años de duración. El empleado, tras dos décadas en Balenciaga como oficial de segunda, decidió acogerse a una excedencia voluntaria de un año a partir del 17 de diciembre de 2023.
El empleado decidió acogerse a una excedencia voluntaria de un año a partir del 17 de diciembre de 2023
Un año después fue cuando la propia compañía guipuzcoana, tal y como ya ha informado este medio digital durante todo este tiempo, entró voluntariamente en concurso de acreedores según el Juzgado de los Mercantil 1 de San Sebastián. En mayo de 2025, se abrió la fase de liquidación, se disolvió la sociedad y se cesó a sus administradores, sustituidos por PKF Attest.
Empleados de Astilleros Balenciaga.
El demandante solicitó reincorporarse antes
En el momento que la empresa entró en concurso, el trabajador solicitó su reincorporación a Balenciaga, en un "puesto de trabajo o de similar categoría". Esto sucedió días antes de vencer formalmente el año de excedencia. Balenciaga, sin embargo, explicó que la empresa se encontraba en un ERE que afectaba a toda la plantilla, con contratos suspendidos.
A pesar de todo, la compañía guipuzcoana aseguró que valoraría "nuevamente la posibilidad de reincorporarle" cuando finalizara el ERE, siempre y cuando exista una vacante adecuada a su perfil, puesto que "no existía vacante disponible de igual o similar categoría a la que ocupaba anteriormente el empleado".
El empleado, de esta manera, demandó a Balenciaga por despido improcedente ante el Juzgado de lo Social número 3 de Donostia-San Sebastián. Su propósito era que, o fuera indemnizado con 72.701,93 euros, o se condenara a la empresa a la readmisión con salarios de tramitación (100,97 euros diarios).
Su propósito era que, o fuera indemnizado con 72.701,93 euros, o se condenara a la empresa a la readmisión con salarios de tramitación (100,97 euros diarios)
El Juzgado de Donostia vio despido improcedente al denegarle el reingreso, puesto que "la negativa a reincorporarle equivaldría a una extinción injustificada del contrato". De esta manera, Balenciaga y PKF Attest recurrieron ante el TSJPV el caso.
Esta parte, a diferencia de la decisión del Juzgado de San Sebastián, afirmó que "solo existe despido cuando la empresa manifiesta de forma clara e inequívoca que el trabajador no volverá a ingresar o que carece de derecho alguno al reingreso". En este caso, no ve a Balenciaga descartando su reincorporación.
Además, el tribunal subrayó que el veterano trabajador no acreditó que en diciembre del año 2024 existiera en la empresa "un puesto vacante de igual o similar categoría al suyo". Con estos elementos, la Sala concluyó que no hubo acto de despido improcedente.
Astilleros Balenciaga, en la localidad de Zumaia.