El ponente de la sentencia del Tribunal Supremo que ha decidido que el 'caso Bateragune' vuelva a juzgarse en la Audiencia Nacional es el magistrado conservador Miguel Colmenero Jiménez de Luarca. Nacido en 1951, Colmenero pasó por la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa en 1977 y fue nombrado magistrado del TS en 2002 a propuesta de un Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) con mayoría conservadora. Por aquel entonces era ministro de Justicia Ángel Acebes.

Colaborador de la Fundación FAES, de la que es presidente José María Aznar, el magistrado Colmenero preside desde julio de 2020 la Junta Electoral Central, de la que ya fue vocal entre 2004 y 2008. Esta Junta es el órgano de la Administración Electoral, tiene caracter permanente y su sede está en el Congreso de los Diputados. Está compuesta por 8 vocales magistrados del TS, designados por el CGPJ -siempre cuestionado por su politización- y 5 vocales catedráticos de Derecho, de Ciencias Políticas o Sociología, designados por los partidos con representación en el Congreso. Los miembros de la Junta Electoral Central, cuya finalidad es la de garantizar la transparencia y la objetividad del proceso electoral, están designados, por tanto, por los partidos políticos. El magistrado Colmenero ya pidió, tras su ingreso en esta Junta, que se le apartase del recurso del presidente de la Generalitat, Quim Torra, contra su condena de inhabilitación por no retirar los lazos amarillos.

No es este el único caso con matices políticos al que ha estado profesionalmente ligado. El magistrado Colmenero ha formado parte como ponente en casos sonados como el que condenó a Baltasar Garzón por las grabaciones en el 'caso Gürtel' (por cierto, Garzón se ha mostrado este martes públicamente contrario a la nueva celebración del 'caso Bateragune' en la Audiencia Nacional), siendo ponente también del auto judicial que en septiembre de 2018 rechazó abrir causa penal al líder del PP, Pablo Casado, por el 'caso master'. También se encuentra su firma en las resoluciones que desestimaron las querellas de los trabajadores de Tele Madrid contra Ignacio González y su ático en Estepona, o la que presentó la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica contra el diputado y ex portavoz del Partido Popular Rafael Hernando.  

Voto particular de Colmenero en 2012

El Tribunal Supremo rebajó en 2012 la pena de prisión a Arnaldo Otegi de los 10 a los 6 años y medio. La sentencia, de la que era ponente Colmenero, estimó parcialmente el recurso de casación interpuesto por los condenados en esta causa contra la sentencia de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional. El fallo contó con dos votos particulares. Uno de fue el del magistrado Alberto Jorge Barreiro, quien afirmó en un voto particular discrepante que Otegi debió haber sido absuelto porque no veía pruebas de que siguiera órdenes de ETA o pertenezca a la organización terrorista. El otro voto particular fue el del magistrado Colmenero, quien ya sostuvo entonces, como ha hecho ahora, que el 'caso Bateragune' debió devolverse a la Audiencia Nacional para ser juzgado por este otro tribunal y no por el Supremo, pues debía estimarse la recusación de la magistrada Ángela Murillo por apariencia de parcialidad.