A finales del mes de febrero, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) anuló el proceso de contratación de 34 cuidadores de la Fundación Uliazpi de la Diputación de Gipuzkoa, dado que en 32 de esos puestos se exigía el dominio del euskera. Los jueces consideraron que se discriminaba a los castellanoparlantes al ofrecerles solo un 5,8% de las plazas convocadas.
Ahora, la Diputación de Gipuzkoa ha recurrido esta sentencia y ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por infracción del Derecho estatal y otro recurso ante el propio TSJPV por infracción del Derecho autonómico, según ha informado la Diputación a través de un comunicado recogido por EFE. La portavoz foral, Eider Mendoza, ha recordado que la Diputación consideró esta sentencia "absolutamente injusta desde el punto de vista de los derechos de los euskaldunes" y ha mostrado su convencimiento de que una "una amplia mayoría de la sociedad está de acuerdo con que los servidores públicos sepan hablar euskera".
En este sentido, Mendoza ha hecho alusión a los resultados del sociómetro de primavera, publicado la semana pasada, en el que los guipuzcoanos muestran un grado de acuerdo de 7,67 puntos sobre 10 ante la afirmación de que el personal de la administración pública debe saber euskera.
La Diputación de Gipuzkoa ha presentado este recurso ante el Tribunal Supremo por infracción del Derecho estatal porque entiende que la sentencia vulnera los preceptos del Estatuto Básico del Empleado Público que obligan a las administraciones públicas a seleccionar empleados debidamente capacitados para cubrir los puestos de trabajo en las comunidades autónomas que tengan dos lenguas oficiales.
El recurso considera asimismo que la decisión judicial interpreta erróneamente la doctrina del Tribunal Constitucional según la cual exigir un nivel de conocimiento de la lengua cooficial para acceder a determinados puestos no es desproporcionado si esa exigencia deriva de la naturaleza de sus funciones.
Al mismo tiempo, el otro recurso ante el propio Tribunal Superior de Justicia de País Vasco por infracción del Derecho autonómico lo han presentado al entender, en este caso, que la sentencia infringe los preceptos de la Ley de la Función Pública Vasca que regulan la adecuación de los procesos de selección de personal a los perfiles lingüísticos asignados a los puestos de trabajo, preceptos que, a su juicio, "interpreta de forma contradictoria con sentencias anteriores" del mismo TSJPV.