Médicos de Osakidetza/EFE

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Política

Las propuestas de Sanidad para los MIR: reducir guardias, mejorar su retribución y más descansos

El Ministerio pretende reformar el Real Decreto de 2006 que regula la relación laboral especial de los residentes en Ciencia de la Salud

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Mientras los médicos continúan con su reivindicación de un estatuto marco propio y a la espera de que tras el verano se puedan volver a producir huelgas, el Ministerio de Sanidad ha presentado este miércoles a audiencia pública sus propuestas para mejorar las condiciones de los MIR, los médicos en formación.

El Real Decreto de 2006 es el que regula la relación laboral especial de los residentes en Ciencia de la Salud y en él se han introducido una serie de cambios que tienen que ver con la planificación de la jornada, el régimen de guardias, los descansos, las retribuciones, las incompatibilidades y la prevención de riesgos laborales.

En concreto, establece la reducción de las guardias de 24 horas a un máximo de 17, sin que se pueda hacer más de cuatro al mes, se fija jornadas ordinarias de 35 horas semanales y los centros sanitarios deberán contar con sistemas de control horario efectivo.

También, entre otros cambios, el texto establece, con carácter general, un máximo de 68 horas mensuales de guardia, equivalente a cuatro de duración máxima, que deberán distribuirse de forma equilibrada.

Solo de forma excepcional podrá añadirse una más, o las horas equivalentes, siempre que exista justificación docente, previo informe del servicio de prevención de riesgos laborales y de la comisión de docencia, y consentimiento expreso de la persona residente.

La suma de la jornada ordinaria y las guardias no podrá superar las 45 horas semanales de promedio. Este cómputo será trimestral, salvo que se acuerde otro sistema por pacto, acuerdo o convenio colectivo.

Cualquier ampliación excepcional del límite mensual de guardias deberá respetar la jornada máxima, garantizar los descansos mínimos y contar con el consentimiento libre y expreso del residente, que podrá retirarlo en cualquier momento, sin consecuencias para su evaluación, progresión formativa o relación laboral.

Control de horario

Los centros sanitarios deberán contar con sistemas de control horario efectivo. De detectarse incumplimientos reiterados, podrán adoptarse medidas de revisión y mejora en la unidad docente correspondiente.

Por otra parte, la actividad asistencial deberá organizarse siempre teniendo en cuenta los objetivos de su programa formativo y las competencias que deben adquirir en cada especialidad.

Se introduce además un régimen de incompatibilidades por el que los residentes podrán realizar actividades de producción y creación literaria, artística, científica y técnica, siempre y cuando no se originen como consecuencia de una relación de empleo o de prestación de servicios, no tengan el carácter de actividad profesional y se hagan fuera de la jornada laboral.

También se mejora el complemento de grado de formación: sus porcentajes mínimos serán del 10% en primer año, 20% en segundo, 30% en tercero, 40% en cuarto y 50% en quinto, aunque los servicios de salud pueden incluso acordar cuantías superiores.

Por último, incorpora una disposición específica sobre riesgos psicosociales: las entidades titulares de las unidades docentes acreditadas deberán realizar cada dos años una evaluación específica, adoptar las medidas preventivas y correctoras necesarias y garantizar su seguimiento y revisión periódica.