El conflicto vigente entre los taxistas y los vehículos de alquiler con conductor (conocidos como VTC),  se mantiene a la espera de la sentencia del Tribunal Supremo, que determinará si ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) por la que anuló la precontratación de media hora y el uso del sistema de geolocalización para las VTC que definía el Ejecutivo autonómico. No obstante, el Decreto Ábalos, que entrará en vigor el 1 de octubre, impondrá una normativa más restrictiva por la que los segundos no podrán prestar servicio urbano y envuelve el conflicto en un halo de "incertidumbre" con posibles vacíos legales.

El fuego cruzado comenzó tras la publicación del decreto 200/2019, de 17 de diciembre, del Gobierno vasco. Este escrito marcaba las condiciones de prestación del servicio de arrendamiento de VTC en Euskadi. Los requisitos eran favorables para los taxistas, mientras que establecía mayores restricciones para empresas como Uber, Cabify o Bolt. Fue la primera quien interpuso una demanda y llevó al TSJPV el caso que a día de hoy aún sigue en proceso de resolución. 

Tras el fallo del TSJPV, el Gobierno vasco, la Asociación Nacional del Taxi y la Federación Vasca del Taxi recurrieron la sentencia. "Tras la pandemia, la sentencia se ha dilatado en el tiempo y ahora el Decreto Ábalos impondrá una norma más estricta", apunta Borja Musons, presidente de la Federación. A partir de octubre, los VTC tendrán que solicitar una licencia que les permita prestar servicio urbano. 

El Real Decreto Ley 13/2018, también conocido como Decreto Ábalos, prohibió a las licencias VTC realizar trayectos urbanos -los que empiezan y terminan en el mismo municipio- después del 1 de octubre de 2022. Esto, según explica Santiago Simón, secretario de la Asociación Nacional del Taxi, "obliga a cada Comunidad Autónoma a establecer su propia normativa y definir el periodo de precontratación de estas empresas". Por su parte, Musons detalla que el Decreto "no entra a definir qué es la precontratación o de cuánto tiempo debe de ser". Es algo que queda en manos de las CC.AA.

Los taxistas necesitan licencia para llevar a cabo servicios urbanos y para los interurbanos necesitan un visado de transporte. Así, las siglas los VTC corresponden a “Visado de Transporte de tipo C”, es decir, son vehículos que no cuentan con licencia, solo visado para realizar servicios interurbanos. “Aún teniendo más títulos habilitantes que ellos, podemos hacer menos servicios”, denuncia Musons.

Coches VTC. / EFE

Un organismo de control "deficiente"

Por otro lado, Musons teme que una vez entre en vigor el Decreto Ábalos, no se pueda controlar su cumplimiento. "El organismo de control es deficiente. En Madrid para 15.000 taxis y 8.361 VTC tienen 4 inspectores", apunta, y añade que en Euskadi, donde hay 2.080 taxis y 161 VTC, "no existe ánimo por parte de políticos ni organismos de transporte para observar que se cumple ese decreto".

Ya pasa con el "deambuleo". Estas empresas tienen prohibido circular por los núcleos urbanos en búsqueda de clientes, ya que se las debe de precontratar. "En Bilbao y en Madrid las VTC están deambulando y nadie hace nada", denuncia.

Con todo ello, Musons advierte que "va a llegar octubre sin resolución del Supremo y con un decreto más restrictivo", algo que traerá "incertidumbre" ya que si no hay una legislación definida, ¿qué será legal y qué no en su práctica?, ¿cuál será el tiempo de precontratación?, ¿podrán solicitar más de una licencia para prestar servicio urbano? ¿podrán vigilar el cumplimiento del decreto? Son preguntas que quedan en el aire.