Un coche con faros de xenón.

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Sociedad

Esta es la multa de la DGT en Euskadi por llevar estas luces encendidas durante el día

El artículo número 43 de la Ley de Seguridad Vial expone que "los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol deben llevar encendido el alumbrado que corresponda".

29 enero, 2024 11:11

En España se sancionan a miles de conductores al año por saltarse las normas de tráfico. La Dirección General de Tráfico (DGT) señala que en 2022 se pusieron más de cinco millones de multas y, de ellas, más de tres millones fueron a causa del exceso de velocidad. Dos de cada tres sanciones se encuentran ligadas a los excesos de velocidad, según el informe de Automovilistas Europeos Asociados (AEA). 

Las demás se deben a otro tipo de infracciones. Las más comunes suelen ser, además de la mencionada, llevar los neumáticos en mal estado, no abrocharse el cinturón de seguridad, utilizar el móvil al volante, no respetar las señales de tráfico, aparcar sobre la acera, ITV caducada o conducir sin luces, entre otras. Y es que, mientras unos conductores circulan sin luces, otros llevan algunas encendidas por el día que, sin darse cuenta, podrían acarrearles una sanción económica.   

La multa de la DGT

Las luces son imprescindibles para evitar colisiones y, por ende, desgracias. La mayoría de los conductores las llevan puestas por la noche para ver mejor la carretera por la noche, algunos también deciden llevarlas por el día. Llevar algunas luces por la mañana no debe ser motivo de preocupación, solo en algunos casos

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El artículo número 43 de la Ley de Seguridad Vial expone que "los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol deben llevar encendido el alumbrado que corresponda". Pero no deben ser encendidas en todas las situaciones. Por ejemplo, un vehículo no debe llevar las luces de largo alcance o las luces antinieblas cuando existan buenas condiciones meteorológicas, ya que pueden afectar a los demás conductores. 

Si un usuario circula con estas dos luces puestas cuando no debe hacerlo, la DGT apunta que se trata de una infracción leve y, por lo tanto, deberá pagar una multa de 100 euros como máximo. Si el pago se realiza pronto, el precio se rebajará un 50%. Desde febrero de 2011 es obligatorio llevar las luces diurnas puestas, por lo que la DGT recomienda encender estas, pues facilitan la visibilidad sin afectar a los usuarios de la vía.

Las luces cortas, en cambio, se deben llevar de manera obligatoria durante el día solo en algunas ocasiones, como cuando se circule por los carriles reversibles o adicionales, para circular en sentido contrario o cuando se circule por los túneles. Cuando haya niebla, nieve o fuertes lluvias también es obligatorio encenderlas cuando se circule en moto, ya que la multa es de 200 euros si no están encendidas.

Multa por no encender los intermitentes

Los intermitentes deben encenderse siempre y cuando se realice un adelantamiento, un cambio de sentido, una incorporación, a la hora de aparcar, para salir de la rotonda, cambiar de carril o cuando haya que realizar un giro. Estos son importantes para avisar al conductor y evitar colisiones o accidentes, aunque muchos se olvidan o no hacen uso de ellos en la carretera, lo que conlleva consecuencias económicas

El Reglamento General de la Circulación expresa que el hecho de no usarlos en las maniobras necesarias acarrea una sanción de hasta 200 euros por confundir o poner en peligro a los conductores. Además, la norma dice que si no se encienden en el momento adecuado, la sanción podría ser de 80 euros.