Entrega de llaves para acceder al piso.

Entrega de llaves para acceder al piso. Gestoría FGM

Sociedad

Ya es oficial: si el casero no devuelve la fianza en un mes tras finalizar el contrato, puedes reclamar intereses, según la Ley

La Ley de la Vivienda ha establecido un plazo para que los caseros entreguen la fianza correspondiente. 

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Cuando uno vive de alquiler, lo que más le suele preocupar es que su fianza (garantía frente a daños o incumplimiento del contrato que suele equivaler a un mes de alquiler) té depositada correctamente en el organismo correspondiente, Bizilagun en el caso de Euskadi. En el caso contrario, el casero podría quedarse con ella, el inquilino puede perder beneficios fiscales y, además, pierde la seguridad jurídica para recuperar el dinero a la hora de finalizar el contrato. 

Incluso si el arrendador decide entregar la fianza más tarde de un mes cuando finaliza el contrato, este puede ser penalizado y pagar intereses al inquilino, según la Ley de la Vivienda, que ha establecido un plazo para que los caseros entreguen la fianza correspondiente. Una medida impulsada para proteger al arrendatario de los abusos. 

Medida para proteger al inquilino

Los inquilinos cuando se acaba el contrato lo normal es que reclamen su fianza, pero existen casos en los que los caseros se retrasan o se quedan con ella. En el caso de haber retrasos, la legislación actual impedía la retención sin justificación, pero ahora, la Ley busca regular el tiempo para devolver la fianza. 

Así, la nueva norma, Ley de Arrendamientos Urbanos, limita el tiempo máximo de retención de la fianza a 30 días desde que se entregan las llaves y para evitar abusos de parte de los arrendadores. Un tiempo suficiente para que el casero revise si todo está en correcto estado dentro de la vivienda.

Si se excede el límite de tiempo, el arrendador debe pagar intereses al inquilino, ya que la ley establece una acumulación de la cantidad pendiente, lo que genera intereses legales de manera automática y sin que haya habido conflictos o daños. Una Ley que responde únicamente a los retrasos en el pago. 

Los intereses pueden situarse entre el 3% y el 4% anual sobre el importe del depósito. Si el propietario no ha registrado, además, la fianza en Bizilagun, la multa podría ser mucho mayor, oscilando entre 10.000 y 90.000 euros.