Animales
Confirmado por la Ley de Protección de los Animales: cualquiera puede denunciar el abandono de un animal
De esta manera, se puede evitar una apropiación indebida y se garantiza, además, que el animal pueda recibir atención adecuada.
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A veces podemos toparnos con perros o gatos abandonados en la calle y, en muchas ocasiones, nos decantamos por acogerlos en casa para que no sigan pasándolo mal. Se trata de un gesto solidario y que genera un gran impacto positivo en la vida de los animales.
Además, es relevante que todos denuncien el abandono de los animales y avisar a las autoridades o a las protectoras para comprobar si tiene dueño. De esta manera, se puede evitar una apropiación indebida y se garantiza, además, que el animal pueda recibir atención adecuada.
Lo que dice la Ley
Tal y como define la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales en su artículo 13, el departamento ministerial competente será el responsable de coordinar con los demás órganos competentes de la Administración General del Estado, las comunidades autónomas, ciudades de Ceuta y Melilla y entidades locales, "la elaboración de la Estadística de Protección Animal, con objeto de conocer el estado de la protección animal en el conjunto de la sociedad española y tomar decisiones para su evaluación y mejora".
En este sentido, el abandono de animales se regula por la Ley y el artículo deja ver que puede ser denunciado por cualquier persona. En el artículo 27 se detalla que quedan "expresamente" prohibido la puesta en libertad o "introducción en el medio natural de animales de cualquier especie de animal de compañía que se desarrolla en la presente ley salvo los incluidos en programas de reintroducción".
Así como no supervisar a todo tipo de animal de compañía durante más de tres días seguidos. "Dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos; en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas", añade la Ley.
En el artículo 76 se expone que las infracciones en esta Ley se sancionarán con una multa de 500 a 10.000 euros en el caso de que sean infracciones leves. Cuando sean infracciones graves, la multa será de 10.001 a 50.000 euros. En el caso de infracciones muy graves, la multa será de 50.001 euros a 200.000 euros.