Trabajo en un negocio con un ordenador portátil

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Sociedad

Confirmado por la Ley: los empleados tienen derecho a pausas retribuidas durante la jornada laboral

La Ley contempla ciertos períodos de descanso que se deben respetar según la duración de la jornada. En muchos casos, se consideran tiempo efectivo de trabajo.

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En muchos casos, los empleados desconocen sus derechos, como que tienen derecho a pequeñas pausas durante su jornada laboral, sobre todo una vez superadas ciertas horas de trabajo. Se trata de descansos que buscan mejorar el rendimiento, pero también proteger la salud del trabajador.

En este sentido, la Ley laboral contempla ciertos períodos de descanso que se deben respetar según la duración de la jornada. En muchos casos, de hecho, se consideran tiempo efectivo de trabajo.

Lo que dice la Ley

Tal y como recoge la Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en su artículo 34, siempre que la duración de la jornada continua diaria supere las seis horas se debe establecer un período de descanso de una duración no menor de 15 minutos.

"Este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo. En el caso de los trabajadores menores de dieciocho años, el periodo de descanso tendrá una duración mínima de treinta minutos, y deberá establecerse siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de cuatro horas y media", añade el BOE.

El tiempo de trabajo, asimismo, se computará para que al comienzo y al final de la jornada, el trabajor se halle en su puesto de trabajo y, anualmente, se preparará un calendario laboral en el que se exponga un ejemplar del mismo en un lugar visible de los centros de trabajo.

Además, el Gobierno, previa consulta a las organizaciones sindicales y empresariales y del titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, puede fijar ampliaciones o limitaciones en la ordenación y duración de la jornada y de los descansos para los sectores y trabajos que "por sus peculiaridades así lo requieran".