Anuncio de un piso en alquiler.

Anuncio de un piso en alquiler. EFE

Sociedad

Confirmado por la Ley: no informar del precio total en anuncios de alquiler puede derivar en multas de hasta 1 millón de euros

La normativa española obliga a los propietarios, agencias y anunciantes a informar de manera correcta de todos los importes.

Más información: Ya es oficial: la comunidad de vecinos no puede prohibir el uso de tu vivienda sin base legal, según la Ley de Propiedad Horizontal.

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Cuando vamos a alquilar un piso a veces nos topamos con condiciones que no creíamos o con los precios finales no disponibles. El mercado de alquiler sigue siendo uno de los más vigilados en España en la actualidad por el incremento de anuncio publicados en los portales inmobiliarios.

La transparencia en el precio final se ha vuelto uno de los aspectos más relevantes para proteger a los consumidores. En esta línea, la Ley española obliga a los propietarios, agencias y anunciantes a informar de manera correcta de todos los importes. Ocultar los gastos o no mostrar el precio total puede considerarse infracción.

Lo que dice la Ley

Tal y como recoge el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias en su artículo 60.2, son importantes las obligaciones de información sobre bienes o servicios establecidas en la Ley.

Así como ofrecer información del precio total, en el que se incluyen las tasas y los impuestos. "Si por la naturaleza de los bienes o servicios el precio no puede calcularse razonablemente de antemano o está sujeto a la elaboración de un presupuesto, la forma en que se determina el precio así como todos los gastos adicionales de transporte, entrega o postales o, si dichos gastos no pueden ser calculados razonablemente de antemano, el hecho de que puede ser necesario abonar dichos gastos adicionales".

En el caso de que no se incluya el precio total, la empresa podría enfrentarse a una sanción por infracción, ya que el usuario podría sentirse engañado. En este sentido, en el artículo 49 se detalla que las multas varían según el nivel de gravedad.

En el caso de infracciones leves, la multa económica oscila entre 150 y 10.000 euros, mientras que en el caso de infracciones graves, la empresa deberá desembolsar una cantidad entre entre 10.001 y 100.000 y, en el caso de infracciones muy graves, entre 100.001 y 1.000.000 de euros.