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El Tribunal Superior vasco avala que un colegio privado use como aparcamiento de vehículos una zona protegida del municipio vizcaíno de Berango. El alto tribunal desautoriza la sentencia de un juez de Bilbao, que había condenado al ayuntamiento por contravenir el plan urbanístico del municipio. El Superior concluye que solo es una “parada” para dejar y recoger alumnos del centro escolar “no existiendo una actividad de parking”.

El caso surge hace más de tres años porque, al lado del Colegio Americano de Berango, se usa desde principios de esta década más una parcela de cerca de 1.500 metros cuadrados, (que se habilitó con piedra compactada y eliminando la tierra vegetal existente) como aparcamiento de los coches de los padres que van a recoger a diario a sus hijos al centro escolar.

Los responsables del colegio pidieron en septiembre 2020 una licencia al Ayuntamiento para el desbroce y limpieza de la parcela “para poder aliviar el problema de tráfico” en la zona, según dice textualmente la petición, que fue concedida por el Ayuntamiento.

Pero apenas una semana después solicitaron otra licencia para el “acondicionamiento como aparcamiento”, que fue denegada por el Consistorio.

Sin embargo, los responsables del centro escolar impulsaron las obras para el aparcamiento a finales de 2020, que finalizaron a principios de 2021. Los vecinos se quejaron y presentaron una reclamación oficial en el ayuntamiento en marzo de 2021 pero nunca recibieron una contestación. Ante el silencio municipal, llevaron el tema a los tribunales y el juzgado de lo contencioso administrativo número 5 de Bilbao abrió una investigación en junio de 2021.

En la sentencia del juez, dictada el pasado 6 de mayo de 2023, se hace referencia a que el coste total de las obras fueron 42.000 euros y “no solo los 14.900” del presupuesto inicial presentado para el desbroce.

En el contrato con la constructora que realizó los trabajos, prosigue el fallo, se especifica que el objeto del encargo era “adecuación de aparcamiento y no mero desbroce y habilitación del acceso, por lo que es claro que la intención del colegio era desarrollar un uso no permitido por el planeamiento”.

El juez añadía que los informes de la Policía Municipal no se pronuncian sobre si existe o no un aparcamiento y que la arquitecta municipal, en otro informe, concluye que no existe uso de parking “pese a que tal informe [el de la Policía local] no se pronuncia al respecto ni para confirmarlo ni para desmentirlo”.

Además, agrega que la arquitecta “no acudió a la parcela para comprobar in situ los usos desarrollados”.

Por ello, el juzgado concluye que el Ayuntamiento “hizo dejadez de funciones al no aperturar expediente de disciplina urbanística” y permitir el uso como parking de una zona clasificada como no urbanizable y de uso agroganadero.

El fallo condenaba al Ayuntamiento de Berango a iniciar el expediente de disciplina urbanística para determinar si se ha incumplido la normativa municipal del planeamiento “actuando en consecuencia una vez alcanzadas las conclusiones que procedan”.

La sentencia ha sido revocada por el Tribunal Superior. En su fallo, dictado el pasado 25 de junio, sostiene que en la parcela “no se realiza una actividad de aparcamiento propiamente dicha” sino que se utiliza para “dejar a los alumnos en el Colegio por la mañana y recogidos por la tarde”. Por ello, agrega que no se puede hablar de “un estacionamiento sino una parada para ese fin, desalojando los coches en unos momentos, lo que, por otro lado, mejora la vialidad de la zona”.

El Superior concluye que “no existiendo una actividad de parking” tampoco se ha producido una infracción urbanística.

Una contundente sentencia de un juez es anulada por el Tribunal Superior vasco. El Ayuntamiento de Berango permite a un colegio privado usar una parcela no urbanizable para habilitar un aparcamiento para los padres de los escolares.

El magistrado tenía claro que se trataba de un parking pero sus jefes, el Tribunal Superior, habla de parada y niega infracciones urbanísticas.

Pero este largo proceso desde que los vecinos presentaron sus quejas, hace ya cinco años, ha estado jalonado de silencios desde el ayuntamiento, informes no concluyentes de la Policía Municipal y una arquitecta que da su visto bueno sin siquiera visitar la parcela. La decisión final del Superior vasco plantea, por todo ello, también dudas.