El Tribunal Supremo ha confirmado la prisión permanente revisable impuesta por el TSJPV a un hombre por asesinar a otro, al que lanzó al vacío desde una altura de tres metros y medio dentro de las instalaciones de una antigua fábrica en Vitoria, y al que apuñaló y golpeó previamente con objetos contundentes.
De esta manera, ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia, de 9 de octubre de 2023, de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Contra esta resolución, no cabe recurso.
En esa sentencia, el Alto tribunal vasco rechazaba el recurso del acusado contra la resolución del 19 de mayo de 2023 de la Audiencia alavesa que, conforme al veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, le condenó como autor de un delito de asesinato y otro de lesiones. Por el primero le impuso la pena de prisión permanente revisable mientras que, por el segundo, fue condenado a tres años de prisión. Además, la Audiencia alavesa condenó al acusado al pago de una indemnización total de 281.589 euros a los familiares de la víctima.
El juicio por estos hechos se celebró el pasado mes de abril y el jurado popular encargado de juzgar la muerte de un joven de 20 años de edad, ocurrida en julio de 2020, declaró culpable de asesinato con alevosía al autor confeso del crimen, al considerar probado, por unanimidad, que fue culpable de dar muerte al joven, "aprovechando su desfallecimiento", además de su indefensión por ser "vulnerable por su discapacidad".
El jurado también dictaminó que el acusado también es culpable de un delito de lesiones y en el juicio tanto, el ministerio fiscal como la acusación particular, solicitaron la máxima pena, prisión permanente revisable.
Los hechos
Según los hechos declarados probados, la tarde del 23 de julio de 2020, el acusado llevó a su víctima a las instalaciones de una antigua fábrica en Vitoria y, sin que se conozca el motivo, le golpeó en la ceja izquierda con un "objeto contundente".
Después le empujó por un hueco del edificio, haciendo que cayera, desde una altura aproximada de tres metros y medio, hasta el suelo. El tribunal añade que "tras observar unos minutos la escena desde el primer piso", el acusado bajó al patio y, tras comprobar que su víctima seguía viva, "decidió acabar" con su vida.
Para ello, le arrastró hasta una sala en el interior de la fábrica, donde le apuñaló en varias partes de su cuerpo y le golpeó en la cabeza con un travesaño de madera y con un cascote de hormigón de unos 12 kilos de peso lo que, finalmente, le ocasionó la muerte. El fallecido tenía reconocido un grado de discapacidad del 65%.
Según se recoge en la resolución, ambos habían estado consumiendo alcohol y pastillas y fumando porros, y el acusado tenía sus facultades cognitivas "conservadas en grado suficiente como para conocer y comprender sus actos".