Mquina de 'vending'./ EuropaPress

Mquina de 'vending'./ EuropaPress

Empresas

Un juzgado de Vitoria cancela una deuda de 570.000 euros al dueño de una cadena de 'vending'

El empresario vitoriano se ha acogido a las previsiones de la Ley de Segunda Oportunidad para anular adeudos impagables por falta de patrimonio

11 enero, 2023 18:44

El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Vitoria-Gasteiz ha exonerado de una deuda de 570.016 euros a un empresario dueño de una cadena de 'vending' que tuvo que cerrar, al que ha aplicado la Ley de Segunda Oportunidad.

La sentencia, de la que ha informado el despacho de abogados Repara tu Deuda a través de un comunicado recogido por Europa Press, aplica a este empresario el denominado 'Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho', un mecanismo que permite librarse y cancelar la totalidad de las deudas pendientes que resulten impagables por no poseer un patrimonio suficiente.

Este promotor de una cadena de máquinas expendedoras de comida se vio afectado por la caída de ventas asociada a la crisis económica de 2008, a consecuencia de la cual su nivel de ingresos se redujo considerablemente.

Además, su expareja acabó perdiendo su trabajo, por lo que el nivel de deuda acumulada "se tornó inasumible y tuvo que vender uno de los negocios". El despacho de abogados que ha representado a esta persona ha explicado que el empresario aún no ha cobrado el dinero de esta venta, por lo que mantiene un pleito con el comprador.

Posteriormente, esta persona vendió los activos de los dos negocios que aún tenía en propiedad, y también perdió dos viviendas. En esa situación, fue solicitando otros créditos para pagar los anteriores, "hasta que la situación se volvió insostenible", según han explicado sus abogados.

Requisitos

El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Vitoria-Gasteiz ha exonerado a esta persona de una deuda de 570.016 euros, en aplicación de las previsiones recogidas en la Ley de Segunda Oportunidad.

Esta norma permite la cancelación de las deudas de particulares y autónomos en situación de sobreendeudamiento. Para acogerse a esta posibilidad es necesario cumplir una serie de requisitos básicos, como actuar de buena fe o que la deuda no supere los cinco millones de euros.