El lehendakari, Iñigo Urkulku (d), saluda al consejero de Comercio, Consumo y Turismo, Javier Hurtado, tras aprobarse en el pleno que celebra este jueves el Parlamento Vasco el Estatuto del Consumidor.

El lehendakari, Iñigo Urkulku (d), saluda al consejero de Comercio, Consumo y Turismo, Javier Hurtado, tras aprobarse en el pleno que celebra este jueves el Parlamento Vasco el Estatuto del Consumidor. EFE

Empresas

El Estatuto del Consumidor incluye sanciones a empresas para que devuelvan los cobros indebidos

El Parlamento vasco aprueba la nueva Ley con un amplio consenso. Sólo Bildu y Vox votan en contra

27 abril, 2023 16:25

Más protección para los consumidores en Euskadi. El Parlamento vasco ha aprobado este jueves la Ley que regula el Estatuto de los Consumidores. Una nueva legislación que incluye sanciones a las empresas para que devuelvan los cobros indebidos o medidas como la prohibición de venta a domicilio sin cita previa. La norma cuenta con un amplio consenso, ya que sólo Bildu y Vox han votado en contra. 

Más en concreto, la Cámara vasca ha aprobado la Ley del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias que se presenta como "una adaptación a la normativa a los nuevos hábitos de consumo, con especial protección a las personas más vulnerables".

También incluye la posibilidad de que Kontsumobide pueda acordar en sus sanciones la reposición de la situación y la devolución de las cantidades indebidamente percibidas a las personas consumidoras, además de otros daños y perjuicios por la comisión de una infracción.

El dictamen del proyecto de Ley del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias ha contado con el voto a favor de PNV, PSE-EE, Elkarrekin-Podemos-IU y PP+Cs, y, como se ha dicho ya, el voto contrario de EH Bildu y Vox.

En el pleno, el consejero de Turismo, Comercio y Consumo, Javier Hurtado, ha destacado que se ha "actualizado una ley con más de 20 años de vigencia, aportando una mayor protección en los derechos de las personas consumidoras, una adaptación a la normativa a los nuevos hábitos de consumo y una especial protección a las personas más vulnerables".

También ha señalado que era necesario contar con una norma "adaptada a las nuevas regulaciones", tanto estatales como europeas, y tener en cuenta la creación de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo. "Debemos recordar el rol clave de Kontsumobide en defensa de los derechos relacionados con el consumo, tanto en su faceta de información y formación como en la de control de mercado. En 2022 atendió más de 9.600 consultas y más de 14.600 reclamaciones. Además, realizó 4.000 actuaciones inspectoras e impartió cursos de formación a 29.000 personas", ha detallado.

Tal y como recoge Europa Press, Hurtado ha señalado que la ley "ofrece herramientas a las empresas para mejorar sus buenas prácticas, sienta las bases del impulso a un consumo responsable y a una sociedad más justa y comprometida con la sostenibilidad".

El consejero ha destacado como "importante novedad" la prohibición de venta a domicilio sin cita previa, que principalmente afecta a las personas mayores, y ha detallado que el artículo 30 específica que la autorización deberá obtenerse al menos con 48 horas de antelación y contener todos los datos de quién la realiza, para permitir a la persona consumidora reflexionar sobre su compra.

Asimismo, ha explicado que el Estatuto protege a los colectivos y personas en situación de vulnerabilidad a través del régimen sancionador, ya que se específica que una infracción leve puede considerarse grave si explota la especial situación de indefensión.

Javier Hurtado ha indicado que otra de las características destacadas del Estatuto es que "refuerza con carácter general la protección, amparo e información a las personas consumidoras y usuarias", gracias a una mayor protección de derechos relacionados con la información.

Como ejemplo, ha informado de que en los contratos de servicios de interés general en viviendas, tales como agua, electricidad, gas, teléfono o Internet, regulados en el artículo 36, se impondrá la obligación de la empresa de ofrecer un plazo de subsanación de 30 días antes de interrumpir la prestación.

El Estatuto regula las obligaciones en los servicios de atención a la clientela, lo que incluye la obligatoriedad de atender sus quejas y reclamaciones. Se establece como máximo un mes de plazo para dar respuestas a dichas quejas y reclamaciones.