Portero de discoteca en una imagen de archivo

Portero de discoteca en una imagen de archivo ENERPRO

Política

Euskadi endurece el control sobre los porteros de discotecas para facilitar la suspensión inmediata

El Gobierno vasco busca mejorar algunos aspectos de la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas

Matan a un hombre con un arma de fuego en Irun

Publicada
Actualizada

Noticias relacionadas

Ofrecer una mayor seguridad en la revocación de las habilitaciones de los porteros de las discotecas. Ese es el objetivo de la nueva modificación del reglamento de desarrollo de la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas que ha aprobado este miércoles el Gobierno vasco.

Con esta actualización el ejecutivo busca "corregir aspectos mejorables", que llega un año después de la muerte de Kerman Villate, el joven fallecido el 23 de febrero de 2025 tras ser golpeado por un portero de la sala Mítika de Vitoria.

Con la modificación se persigue evitar que un portero de una discoteca pueda seguir desarrollando sus tareas en el caso de que se haya detectado un comportamiento erróneo y en este caso posibilitar la revocación.

Revocación

El nuevo decreto regula el procedimiento de revocación de la habilitación y consiguiente baja en el registro, incluyendo en el mismo la posibilidad de suspensión inmediata.

Además, también refuerza los canales de comunicación entre administraciones competentes para el control, inspección y sanción en la materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, a fin de que las conductas impropias constitutivas de causa de revocación de la habilitación sean conocidas y compartidas para impedir que se repitan.

Así, se establece la obligación de comunicar la iniciación y resolución del proceso al ayuntamiento del municipio donde el hecho motivo de revocación haya tenido lugar, así como la suspensión.

Una discoteca en una imagen de archivo

Una discoteca en una imagen de archivo Pexels

Del mismo modo, el ayuntamiento que detecte comportamientos o hechos susceptibles de dar lugar a la revocación deberá comunicárselo a la Dirección de Juego y Espectáculos del Gobierno vasco.

Modificaciones

La reforma especifica mejor las funciones del personal de servicio de admisión y define en qué establecimientos se debe disponer de personal de servicio de admisión habilitado y registrado.

A su vez, se diferencia la habilitación e inscripción, por una parte, y el registro del personal de servicio de admisión, por otra. La habilitación es la prueba o examen que se realiza y la inscripción en el registro se hace de oficio.

Una vez comprobado que la persona solicitante cumple con todos los requisitos, queda registrada y se le entrega un carné de personal de servicio de admisión.

Además, hasta ahora, la validez de la habilitación que hasta ahora era indefinida, mientras que a partir de ahora tendrá una vigencia de diez años. Ese plazo se contabilizará desde el día de entrada en vigor del presente decreto para todas aquellas habilitaciones otorgadas con anterioridad.

Además, se incluye un artículo relativo a la renovación de la habilitación y un apartado referente a la expiración de la vigencia de la habilitación y su no renovación como causa de revocación de la habilitación.

El nuevo texto establece el periodo de cinco años para presentarse a las pruebas para poder obtener la habilitación para quienes hayan estado desarrollando funciones de personal de servicio de admisión sin cumplir los requisitos establecidos en el decreto o cuando se haya revocado la habilitación.

Además, no será posible obtener una nueva habilitación y consiguiente inscripción en el registro de personal de servicio de admisión hasta pasados cinco años desde que la revocación se formalice.