Local de hostelera en Vitoria. / EFE

Local de hostelera en Vitoria. / EFE

Sociedad

El Superior vasco anula las restricciones en la hostelería de 2020 y 2021

El juez Garrido vuelve a estimar el recurso presentado por los empresarios hosteleros de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava

17 mayo, 2022 17:10

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado las restricciones en los establecimientos de hostelería establecidas por el Gobierno vasco en diciembre de 2020 y enero de 2021 para contener la pandemia de covid-19, cuando se limitó el aforo en los locales y se prohibió el consumo en barra o de pie.

En una sentencia hecha pública este martes, la Sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV, presidida por el juez Luis Ángel Garrido, estima el recurso presentado por los empresarios hosteleros de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava, y declara la nulidad de las disposiciones adoptadas por el lehendakari en relación con los establecimientos hosteleros en las citadas fechas.

Según detalla Efe, los hosteleros recurrieron un apartado de un decreto de Iñigo Urkullu de diciembre de 2020 que establecía el cierre de los establecimientos en localidades con una tasa de incidencia acumulada en 14 días superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes, así como la disposición del decreto de enero de 2021 que imponía un aforo del 50 % en el interior de los locales y prohibía el consumo en la barra o de pie.

Locales de hostelería cerrados en la plaza Nueva de Bilbao a causa de las restricciones / EUROPA PRESS

Locales de hostelería cerrados en la plaza Nueva de Bilbao a causa de las restricciones / EUROPA PRESS

Segunda sentencia que gana la hostelería a posteriori

El TSJPV ya dio la razón a las asociaciones de hostelería de Euskadi frente al Gobierno vasco al anular, en una sentencia dada a conocer el pasado mes de marzo, la medida que hace casi un año impedía consumir en el interior de los bares de municipios con elevada incidencia de covid-19, salvo en determinadas franjas horarias.

En su nueva resolución sobre las restricciones de hostelería en diciembre de 2020 y enero de 2021, el tribunal considera que el Gobierno vasco "no realizó un análisis específico sobre las medidas aquí impugnadas ni sobre su necesidad, proporcionalidad e idoneidad".

El Ejecutivo, según el fallo judicial, aportó datos que "justifican la alta incidencia del virus SARS COV-2" pero añade de "las medidas concretas adoptadas carecen de específica justificación", pues las argumentaciones esgrimidas serían "aplicables a multitud de medidas en muy diversos ámbitos". "Lo que no se ha aportado es algún informe concreto sobre las medidas aquí recurridas ni la idoneidad de las adoptadas", añade la sala de lo contencioso administrativo.

Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Vía que el Gobierno vasco no descarta ya que la decisión llega "un poco tarde". n