Cuarta condena judicial al Ayuntamiento de Zamudio por el acoso a un vecino
El ayuntamiento vizcaíno de Zamudio ha sufrido la cuarta condena judicial por el acoso que sufre un vecino por parte del Consistorio desde hace 17 años. Un juzgado de lo contencioso administrativo de Bilbao ha desestimado una petición para revocar un decreto municipal sobre el caso, con el que buscaba el derribo de unas estacas propiedad del afectado.
El ayuntamiento fue condenado en este caso por primera vez en 2010 por la vía penal a través de un juzgado, sentencia que fue ratificada ese mismo año por la Audiencia de Bizkaia. El vecino José María Zarate había colocado unas estacas en su propiedad años antes, pero la entonces alcaldesa Sorkunde Aiartza (PNV) ordenó su derribo sin ningún informe y haciendo caso omiso a las advertencias de la Ertzaintza.
Por esa decisión, fue condenada por prevaricación e inhabilitada durante nueve años para cualquier cargo público, y las estacas tuvieron que reponerse.
Estas dos sentencias judiciales que condenaron en 2011 a la exalcaldesa fueron incumplidas por el ayuntamiento de Zamudio, que hasta tres años después, en 2014, no aprobó la licencia de obras y la recolocación de las estacas. Sin embargo, meses después, el entonces alcalde Igoitz López informó a Zarate que el conflicto continuaba abierto “a instancias de varios vecinos” y no ha facilitado a día de hoy la licencia de fin de obra.
El pasado año llegó la tercera condena, esta vez en la vía contencioso-administrativa. Un juzgado de Bilbao declaró ilegal un acuerdo del entonces alcalde, Igoitz López (PNV), que declaraba un camino como público, con el que la intención última sería el derribo de unas estacas propiedad del afectado. La condena se debió a la intervención personal de López en vez del pleno del Ayuntamiento, la institución que abrió la investigación del camino.
La cuarta condena se ha producido el pasado julio. El juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Bilbao ha desestimado la petición del Ayuntamiento, que pidió la anulación de un decreto municipal de 2014 que ordenaba el derribo de las estacas. Fue una resolución “fantasma”, ya que no se notificó al vecino hasta tres años después.
En el fallo, dictado el pasado 10 de julio, el juez reprocha al Consistorio que acudiera a los tribunales, puesto que la revocación del decreto la podía ejecutar el propio ayuntamiento sin permiso judicial. Incluso apunta a que el decreto podría ser ilegal en una frase que aparece subrayada en la sentencia: “Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de que la cuestión pueda ser analizada desde la perspectiva de la revocación de actos si se dieran los requisitos para ello”.
El juez le impone además al ayuntamiento las costas de este caso. Solo en la gestión para declarar público el camino situado al lado de las estacas del afectado, el Ayuntamiento se había gastado hasta finales de 2018 más de 12.500 euros, según certificó entonces el interventor municipal.