Dos agentes de la Ertzaintza/EFE

Dos agentes de la Ertzaintza/EFE

Sociedad

Condenados dos ertzainas por detención ilegal tras un pacto y pedir perdón al joven

Publicada

La Audiencia de Bizkaia ha condenado por detención ilegal a los dos ertzainas que hace más de tres años arrestaron a un joven en el centro de Bilbao. La condena ha sido la mínima (seis meses de suspensión de empleo o cargo público) tras un acuerdo con el afectado, que ha evitado el juicio. El pacto supuso la petición de perdón de los dos ertzainas de manera personal al joven, una de las condiciones exigidas por la defensa del afectado para llegar a un acuerdo.

La sentencia es poco habitual en Euskadi en el sentido del  reconocimiento de ertzainas de que se equivocaron en una detención.

El incidente ocurrió hace más de tres años, en junio de 2021, a las 2 de la madrugada en el barrio bilbaíno de Deusto. Según el atestado de los ertzainas, que estaban trabajando de paisano, llamaron la atención a un joven que había accedido a una zona de obras vallada y que intentaba entrar en una excavadora. Tras ser advertido de ese hecho, el joven dijo que era una broma y se retiró.

Entonces, añadía el atestado, varios de sus amigos empezaron a increpar a los policías, que aseguran haberse identificado como tales. A uno de los jóvenes, le ordenaron que se ponga la mascarilla (entonces era obligatoria por la situación de pandemia) y se identificara. Ante su negativa, detuvieron al joven y aseguraron que mantuvo una “resistencia activa” y que intentó agredirles.

Los amigos del joven grabaron un video, que dura poco más de dos minutos, en que advertían a los dos ertzainas, que mantenían inmovilizado al joven contra una persiana cerrada de un local, de la grabación. Uno de los ertzainas amenazó al afectado con la frase “Te parto la rodilla” y poco después le propinó dos puñetazos en el abdomen.

“No hace falta esto”, imploraba uno de los amigos. “Que ha sido un error”, insistían. Sin embargo, los agentes de paisano siguieron inmovilizando al joven, que solo se quejaba de lo que le están haciendo y ponía en duda de que fueran ertzainas. El afectado ha asegurado, durante la investigación judicial del caso, que en ningún momento se identificaron como policías.

Poco después, los agentes tiraron al joven el suelo. El afectado ya había pedido a sus amigos que llamaran a la Ertzaintza y en ese momento apareció un agente uniformado. Los amigos le dijeron al ertzaina que “le han amenazado con partirle la rodilla. Lo tengo todo grabado”.

Tras el incidente, el joven fue trasladado a la comisaría de la Ertzaintza en Deusto por un delito de atentado a agentes de la autoridad. En este tipo de detenciones, lo habitual es el traslado de la comisaría al juzgado, pero el joven quedó en libertad horas después.

Tras el incidente, los ertzainas formularon una denuncia en los juzgados en la que acusaban al joven de provocarles lesiones, como señalaban en su atestado. La defensa del joven presentó el video y, en un auto de agosto de 2021, el juzgado de instrucción número 9, al ver la grabación, archivó de manera inmediata el caso al considerar falsos los testimonios de los ertzainas.

La Audiencia de Bizkaia, en marzo del pasado año, también confirmó el falso testimonio de los ertzainas. “Estos hechos difícilmente pueden ser constitutivos del delito de atentado o de resistencia”, señala y agrega que “la serie de pruebas solicitadas por el recurrente se consideran inútiles a los fines pretendidos”.

Mientras, el joven había formulado una denuncia por la actuación policial. Tras la investigación realizada , en julio de 2022, el juzgado de instrucción número 6 de Bilbao procesó a los agentes, lo que significaba la celebración de un juicio, por detención ilegal y falsedad documental.

El juez desacreditaba el atestado que redactaron los agentes, en el que aseguraron que mantiene una “resistencia activa” y que intenta agredirles. “No se observa en la grabación conducta agresiva del denunciante, ni tampoco que pusiera mano en los agentes tal y como se indica en el atestado y si una conducta meramente pasiva”.

Esta sentencia fue confirmada por Audiencia de Bizkaia, que en febrero del pasado año ratificó los hechos. “Ha quedado indiciariamente probado que los hechos son constitutivos de delito y que hay vestigios suficientes para aperturar la fase del procedimiento abreviado”, lo que suponía la fijación de la fecha del juicio oral.

Finalmente, el juicio no se ha celebrado por el pacto entre las dos partes. Los dos ertzainas tuvieron que acudir este verano en persona a pedir perdón al afectado y, a cambio, recibir una condena mínima. El joven ha insistido durante la instrucción del caso que solo pretendía que los agentes reconocieran que se habían equivocado y que habían actuado de forma violenta.

La sección 6 de la Audiencia de Bizkaia, en una sentencia dictada el pasado 1 de octubre, les condena por un “delito cometido por funcionario público contra la libertad individual”, a seis meses de suspensión de empleo o cargo público y el pago de todas las costas judiciales, incluidas del afectado.

El fallo concluye que los ertzainas, “obviando las más elementales normas de prudencia, practicaron la detención” del joven “por la posible comisión de un delito de atentado”.  Agrega que, una vez en comisaría,l os agentes “sin emplear la debida diligencia, demorándose indebidamente en la práctica de diligencias, mantuvieron durante aproximadamente tres horas [al joven] en dependencias policiales”. Y todo ello, “sin que el mismo fuera puesto a disposición judicial”.

La sentencia de la Audiencia señala que esta actuación policial produjo “daños morales” en el joven “por los que ha sido indemnizado en la cantidad de 6.000 euros por los encausados conjunta y solidariamente”. 

Finalmente, no ha habido que celebrar el juicio por la detención ilegal de dos ertzainas de un joven en Bilbao. Los agentes, tras un pacto con el afectado, le han pedido perdón personalmente y se han librado de la cárcel. La condena se limita a seis meses de suspensión de empleo o cargo público tras constatar que “obviaron las más elementales normas de prudencia” y “sin emplear la debida diligencia”.

Son contados los casos de policías admitiendo que actuaron mal y excepcionales las sentencias judiciales de este tipo. Este episodio debiera servir de ejemplo para que no vuelvan a ocurrir estas prácticas de quienes deben estar al servicio de la ciudadanía.