Dos trabajadores de la empresa Voith.
Ya es oficial: impedir las 12 horas de descanso a los trabajadores puede acarrear multas de hasta 7.500 euros a las empresas
Un periodo mínimo que no se respeta y que, por ello, la Ley ha tenido que establecer límites sobre la organización del tiempo de trabajo.
Más información: Confirmado por la Ley: las compañías que dificulten darse de baja podrán ser sancionadas con hasta 100.000 euros.
El descanso en el trabajo es un derecho básico recogido en la Ley española para que los trabajadores gocen de buena salud y seguridad. Sin embargo, todavía sucede que existen empleados con menos horas de descanso entre jornadas laborales.
Un periodo mínimo que no se respeta y que, por ello, la Ley ha tenido que establecer límites sobre la organización del tiempo de trabajo. De esta manera, si se incumple, podría considerarse una infracción en materia laboral y conllevar multas importantes si la Inspección de Trabajo detectase irregularidades.
Lo que dice la Ley
Según recoge el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en su artículo 34, la duración de la jornada de trabajo deberá ser la pactada en los convenios colectivos o contratos y tendrá una duración máxima de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
Asimismo, entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente mediarán, "como mínimo", 12 horas. Así, cada trabajador podrá gozar de un tiempo de disfrute, descanso o de ocio para poder recuperarse de sus cargas laborales a nivel físico y mental entre distintos turnos.
En el artículo 40.1.b del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social se detalla que se pueden considerar las infracciones leves, graves o muy graves dependiendo su nivel de gravedad.
En este sentido, las multas oscilan entre los 70 euros y 750 euros para los casos leves, entre 751 euros y 7.500 euros para infracciones graves y 7.501 euros y 225.018 euros para casos considerados muy graves.