Un segundo veredicto por parte del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) confirma la situación de fraude de ley en la que vienen trabajando los eventuales del Puerto de Bilbao en los últimos años. Tras el primer pronunciamiento de la sala de lo social de este tribunal se habían producido una serie de sentencias en primera instancia en sentido contrario dando la razón a las empresas, de forma que este segundo fallo del órgano superior viene a poner claridad en el asunto en favor de los trabajadores. En todo caso los magistrados vuelven a contemplar el despido improcedente, dando cabida por tanto a su salida del Puerto vía indemnización.
El colectivo de eventuales, integrado en un principio por un centenar de trabajadores pero menguado en número por diversas causas (entre otras, la búsqueda de otra salida laboral ante la falta de trabajo en el Puerto), esperaba con expectación la resolución del segundo recurso interpuesto ante el Superior vasco por parte de las empresas estibadoras. Fue precisamente el primer pronunciamiento favorable a los trabajadores en febrero de este tribunal el que animó a muchos estibadores a denunciar, hasta el punto de que el número de demandas en curso ha llegado a superar las 60.
Esta cascada de casos ha ido repartiéndose entre la decena larga de juzgados de lo social de Bilbao, curiosamente sin que todas las salas se hayan pronunciado en el mismo sentido pese a existir desde febrero ese primer veredicto del Superior. Como informó 'Crónica Vasca', tanto la sala 6 como la sala 10 vienen desestimando las demandas de los trabajadores al apreciar que la configuración legal de la contratación por parte de los centros portuarios de empleo, en este caso Bilboestiba, encaja con esta casuística laboral pese a la norma general que limita en el tiempo el encadenamiento de contratos temporales.
Estas personas acumulan una relación laboral intermitente con el Puerto de Bilbao desde hace más de 14 años en todos los casos, por lo general con contratos de día. Son llamados vía ETT cuando la plantilla fija de estibadores no puede dar salida a la carga de trabajo y su gran reivindicación es pasar a ser contratados de forma indefinida.
Salida por 50.000 euros
No es exactamente eso lo que les conceden los jueces, ya que pese a apreciar fraude de ley en ese encadenamiento de contratos durante años abren la puerta a un despido improcedente, es decir, cabe finiquitar el asunto mediante indemnización (de 50.000 euros). Esa posibilidad se recoge también en este segundo fallo del TSJPV, que calca por tanto su posicionamiento anterior. Las empresas recurrieron al Supremo el primer fallo y se espera que hagan lo propio con este, de forma que el recorrido judicial probablemente no se cierre hasta dentro de al menos un año.
El posicionamiento del Superior ha devuelto la esperanza a aquellos estibadores que habían perdido su sentencia en primera instancia y que, salvo sorpresa mayúscula, verán dar la vuelta a su situación cuando se revise su caso. Hasta ahora las empresas del Puerto estaban dejando de contratar a aquellos estibadores que ganaban sentencias a la espera de que haya resolución judicial en firme o de poder llegar a un acuerdo.
La reciente firma del convenio de la estiba de Bilbao, que ha devuelto la paz social al Puerto, contempla una vía de entrada por relevo por jubilaciones para este grupo, que estos consideran insuficiente y que no resuelve su situación de forma inmediata. Las demandas siguen adelante y hay todavía un proceso largo en el que, al menos, los afectados parece podrán contar con el mínimo de abandonar el Puerto con una indemnización siempre que la situación no dé un vuelco en el Supremo.