Pedro Snchez y el lehendakari Iigo Urkullu siguen sin estar de acuerdo sobre la prrroga del Estado de alarma. / EP

Pedro Snchez y el lehendakari Iigo Urkullu siguen sin estar de acuerdo sobre la prrroga del Estado de alarma. / EP

Política

Emilio Aparicio: "Al Gobierno vasco se le puede presentar una situación complicada"

Emilio Aparicio, profesor de Derecho Administrativo, ofrece algunas claves para entender lo que puede ocurrir tras el estado de alarma

6 mayo, 2021 05:00

La negativa de la Fiscalía vasca a aceptar el toque de queda y el cierre perimetral puede poner a Iñigo Urkullu en una difícil situación a partir del 9 de mayo, cuando decaiga definitivamente el estado de alarma. Este medio ha recabado la opinión del abogado y profesor de Derecho Administrativo Emilio Aparicio para comprender mejor algunas claves de lo que puede ocurrir. "En palabras del auto del TSJ del País Vasco de del 20 de octubre del 2020, no puede perderse de vista que en la interpretación de restricciones de derechos fundamentales se ha de ser estricto, no voluntarista, sin desconocer que nos encontramos ante una grave crisis sanitaria que pudiera justificar la adopción de medidas restrictivas de derechos fundamentales, en abstracto, pero habrían de ser adoptadas conforme a derecho, bien con una ley que las contemple y posibilite, bien mediante los mecanismos constitucionalmente previstos para dar base jurídica a dichas restricciones y con las garantías que los mismos prevén", recuerda Aparicio.

Sin embargo, la Fiscalía vasca ha cambiado el criterio que mantuvo en el mismo Auto, donde sí informo favorablemente la posibilidad de restringir derechos fundamentales sin la cobertura del estado de alarma, para ajustarse a lo que en octubre de 2020 estableció el TSJPV. "El precedente judicial existente, unido al informe desfavorable de la Fiscalía, ponen al Gobierno vasco en una situación compleja, más aún si tenemos en cuenta que, según parece, las CCAA de nuestro entorno no parece que vayan a mantener las restricciones existentes durante la vigencia del estado de alarma", comenta el abogado.

 No puede perderse de vista que en la interpretación de restricciones de derechos fundamentales se ha de ser estricto, no voluntarista, sin desconocer que nos encontramos ante una grave crisis sanitaria que pudiera justificar la adopción de medidas restrictivas de derechos fundamentales, en abstracto, pero habrían de ser adoptadas conforme a derecho

Si finalmente el Gobierno vasco insiste en adoptar medidas como el toque de queda o el cierre perimetral y el TSJPV no lo aprobase este viernes, Aparicio explica que "al Gobierno vasco sólo le quedará la via del recurso de casación que se ha introducido en nuestra legislación procesal. Conforme a esta nueva regulación, el Gobierno vasco dispondría de tres días hábiles desde la notificación del Auto para interponer ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo recurso de casación frente al mismo. El Tribunal Supremo dará traslado del recurso al Ministerio Fiscal y al resto de partes personadas, si es que las hubiera, por plazo de tres días hábiles y, a partir de ahí, la Sala Tercera deberá dictar Sentencia en el plazo de cinco días hábiles".

Si finalmente se da este caso, "será probablemente el primer recurso de casación sobre esta cuestión y, posiblemente, pivotará sobre una cuestión sobra la que se viene discutiendo doctrinalmente desde hace tiempo: si las medidas gubernamentales para combatir la pandemia de la covid-19 que impliquen restricciones generales de derechos fundamentales deben adoptarse exclusivamente en el marco de un estado de alarma o cabe acordarlas bajo las potestades administrativas de las leyes sanitarias ordinarias".

Para el experto se trata, posiblemente, "del recurso prototípico, o, si se prefiere, del recurso en el que estaba pensando el legislador para incluir la casación contra los autos dictados en aplicación del artículo 10.8 y del artículo 11.1.i) de la Ley de la Jurisdicción contenciosa-administrativa".