Aparcamiento de Karrantza.

Aparcamiento de Karrantza. CV

Política

El Superior avala prohibir una señal de tráfico en un aparcamiento de Karrantza

El alto tribunal da la razón a la prohibición dictada por la Diputación de Bizkaia en un parking que existe desde hace más de 70 años en un barrio rural

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El Tribunal Superior vasco avala prohibir al Ayuntamiento de Karrantza la colocación de una simple señal de tráfico en un área pública de aparcamiento de vehículos. El alto tribunal da la razón a la prohibición dictada por la Diputación de Bizkaia en un parking que existe desde hace más de 70 años en un barrio rural. El Consistorio, para evitar un conflicto entre vecinos, puso una señal vertical con el fin de que los coches aparcasen en batería. El Superior argumenta su rechazo a un “incremento en la conflictividad del tráfico”.

El aparcamiento está junto a una carretera de titularidad de la Diputación y el conflicto surgió cuando un vecino ocupaba con dos coches el pequeño parking. El Ayuntamiento puso una señal que establecía el estacionamiento obligatorio en batería para que entrasen cuatro vehículos y así acabar con el conflicto entre vecinos.

Pero el residente que utilizaba todo el aparcamiento denunció en 2022 el caso al Departamento de Carreteras de la Diputación de Bizkaia, que pidió al Consistorio que legalizase la colocación de la señal. El Ayuntamiento de Karrantza adujo que era un aparcamiento histórico y, al ser anterior a la actual Norma Foral de Carreteras, no necesita autorización. De hecho, no hubo ninguna obra en el acceso y solo se colocó la señal.

Sin embargo, en mayo de 2023, la Diputación emite una resolución en la que deniega la legalización de la señal. Pese a que admite que “no se pone en peligro la seguridad vial”, asegura que se ha cambiado el acceso y que previamente debe legalizarse todo el aparcamiento.

El ayuntamiento de Karrantza intenta ponerse en contacto con el Departamento de Carreteras de la Diputación, pero, tras no lograrlo, interpone en octubre de 2023 una demanda judicial en el ámbito contencioso-administrativo. Entonces, se cerciora de que la Diputación se confundió y, aportó en su documentación, el informe de otra carretera en otro municipio, en Muskiz.

Al llegar a los tribunales, un abogado externo de la Diputación vizcaína propone suspender el juicio con la intención de que el ente foral dé marcha atrás y no prohíba la señal. El ayuntamiento de Karrantza acepta paralizar el proceso judicial.

Pero en abril pasado, la Diputación, haciendo caso omiso de las recomendaciones de su asesoría jurídica, vuelve a denegar el permiso para la señal. Y por segunda vez vuelve a confundirse de ubicación y presenta el informe de una carretera, esta vez sí ubicada en Karrantza, pero en otro emplazamiento diferente a la del aparcamiento.

Incluso en el propio informe jurídico de la Diputación se alude a que la colocación de una señal vertical de este tipo “no se entiende en principio contraria al uso de acceso preexistente sin autorización administrativa”.

Además, el Ayuntamiento de Karrantza contrató un informe pericial en el que concluye que es “un espacio público de titularidad municipal y no foral” que se usa desde 1953.

Ante la segunda denegación de la Diputación, el Consistorio reactiva su denuncia. La Sección Primera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior reanudó la investigación en julio pasado.

Ahora, en una sentencia dictada el pasado 9 de enero, el Superior ha rechazado la denuncia del ayuntamiento con el argumento de que se quiere habilitar un aparcamiento nuevo, cuando en realidad solo se coloca una señal. El tribunal obvia el informe pericial que acredita que el parking data de 1953 y solo se cambia la forma de aparcar para generar más plazas en un barrio que adolece de estacionamientos.

El fallo, que tampoco tiene en cuenta los errores de la Diputación (como incluir informes de otras carreteras), alude a un mayor peligro vial pese a que no exista ningún informe técnico que lo acredita. “Debieran abordarse soluciones de aparcamiento en el barrio que eviten, con las garantías suficientes y en cumplimiento de la normativa técnica de aplicación, cualquier conflictividad en el entorno de la carretera Foral”, alude.

Resulta sorprendente la sentencia del Tribunal Superior vasco de permitir la prohibición de una simple señal de tráfico, que busca optimizar la falta de aparcamiento en un barrio de Karrantza. Hablamos de cuatro estacionamientos que el Superior considera que “incrementarían la conflictividad del tráfico”. El efecto va a ser el contrario: más movimientos de coches buscando aparcamientos en otras zonas y, por tanto, más peligro. Que alguien explique esta incongruencia.