La Fiscalía de la Audiencia Nacional confirma lo que la sala ya comunicó hace unas semanas. El histórico exjefe de ETA Juan Carlos Iglesias Chouzas, Gadafi, quedará absuelto del asesinato de un exguardia civil en 1991 en Bilbao. Una decisión judicial que basa en la ya conocida como 'doctrina Atristain', surgida tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que supuso la excarcelación del etarra Xabier Atristain. La decisión del ministerio público es no recurrir la sentencia de la sección segunda de lo Penal que eximía a Gadafi de responsabilidad penal ante "la ausencia de una prueba válida de cargo con suficiente entidad probatoria por sí misma".
De esta manera, lo ocurrido con Atristain finalmente sí que ha sentado precedente. La Fiscalía no recurrirá la absolución de Iglesias Chouzas, y apoya la decisión de la Audiencia Nacioanl que considera que no se ha probado su participación en este atentado, cometido el 31 de enero de 1991 cuando el exguardia civil Francisco Díaz de Cerio recibió cinco disparos por la espalda, por lo que el fiscal pidió en el juicio que fuera condenado a 40 años de prisión.
Derechos vulnerados e incomunicación
La Sala tenía en cuenta la reciente sentencia del TEDH que considera vulnerados los derechos de Xabier Atristain al no permitirle elegir un abogado cuando estaba detenido en 2010 en régimen de incomunicación, lo que provocaba su excarcelación 17 de febrero tras haber sido condenado por la Audiencia Nacional en 2013 a 17 años de prisión por pertenencia a banda armada y posesión de armas y municiones, lo que confirmaba el Supremo en 2014.
Ahora, la Fiscalía ha tenido en cuenta este criterio, y, según los magistrados, no constan las resoluciones judiciales ni los razonamientos jurídicos que avalaron el régimen de incomunicación. Según detalla Efe, apunta a que sólo era válida la declaración que prestaron en el juicio varios exmiembros de la banda. Unos testimonios que, de cualquier modo, "en ningún caso tienen capacidad incriminatoria" contra Gadafi. El diario ABC señala que la viuda de la víctima tampoco recurrirá dicha sentencia ante el Tribunal Supremo.
En este momento, Gadafi se encuentra cumpliendo una larga condena por asesinatos, atentados, estragos, terrorismo, depósito de armas y explosivos, detención ilegal y robo con violencia. Su estancia en prisión llegará a sus tres cuartas partes en febrero de 2031. El asesinato del exguardia civil Francisco Díaz de Cerio era uno de los casi 380 crímenes de la banda terrorista ETA que estaban sin resolver en sentencia.
La sentencia Estrasburgo también ha motivado que otra exdirigente de ETA, Iratxe Sorzabal, invocase este caso ante el Supremo con el objetivo de revocar su condena a 24 años y medio de prisión por un doble atentado perpetrado el 2 de noviembre de 1996 en Gijón. Y no han sido las únicas reacciones. Sortu aprovechaba lo ocurrido para presionar a Pedro Sánchez y pedir una excarcelación masiva de miembros de la banda aún recluidos en aplicación del mismo criterio. Las víctimas también han reaccionado y aseguran que el caso no es "extensible a otros etarras", sino que habrá que analizar cada caso y que, de cualquier modo, las sentencias firmes no se podrían revisar.
¿Puede sentar jurisprudencia?
Y la gran pregunta es: ¿Puede realmente este caso ser la puerta a más excarcelaciones o absoluciones de presos de ETA?, ¿puede esta 'doctrina Atristain' convertirse en la nueva 'doctrina Parot'? La izquierda abertzale espera y anhela que así sea. De hecho, ellos ven que lo ocurrido con Atristain se asemeja a lo ocurrido con Henri Parot en 2013 y ha exigido la "reparación" y "puesta en libertad" de muchos presos.
El que fuera presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Juan Luis Ibarra, no cree que haya muchos más presos de ETA en esta misma situación, pero cree que los que haya tendrán mucha incidencia mediática. "Lo que ha ocurrido con Atristain es una descalificación jurídica importante. No dice que no se pueda incomunicar, sino que no se puede emplear como prueba lo que ocurra en ese tiempo porque falta una asistencia legal libre. Y a partir de ahora, veremos como esto se reclamará mucho, porque no se puede sustituir esta libertad de elección por una imposición de un abogado en el turno de oficio", explica Ibarra. Aunque cree que no habrá muchos presos en esta situación, sí que cree que ahora habrá muchas sentencias "dudosas".