Primera sesión del juicio a un monitor de surf por abusos a menores en la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa. / Imagen de Archivo

Primera sesión del juicio a un monitor de surf por abusos a menores en la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa. / Imagen de Archivo

Sucesos

Condenado a 71 años de prisión un profesor de surf por abusar sexualmente de once menores de edad

La Audiencia fija que el acusado indemnice a las víctimas con cantidades que van desde los 3.000 a los 30.000 euros y establece medidas de prohibición de acercamiento con las víctimas

A. Mendiola
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La justicia vuelve actuar en un nuevo capítulo de violencia sexual con menores de edad. En esta ocasión, un profesor de surf de Hondarribia se enfrenta a 71 años, 5 meses y 9 días de cárcel, según ha concluido el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. 

El monitor condenado ha sido acusado de agredir sexualmente a once de sus alumnos varones menores de edad y de posesión de material de explotación infantil.

Por su parte, la Audiencia de Gipuzkoa le ha impuesto penas de entre 4 años y un día y 12 años de prisión por cada uno de los once delitos de abuso sexual por los que ha sido condenado, en función de la gravedad de los mismos y atendiendo al Código Penal vigente en el momento de los hechos, así como 5 meses de cárcel por posesión de material de explotación infantil.

En concreto, le condena como autor de cuatro delitos de abuso sexual sobre menor de 16 años en su modalidad de prevalimiento de situación de superioridad; otros cuatro delitos de abuso sexual continuado sobre menor de 16 años en su modalidad de prevalimiento de situación de superioridad; así como tres delitos de abuso sexual continuado sobre menor de 16 años en su modalidad de acceso carnal con prevalimiento de situación de superioridad y un delito de posesión de material de explotación sexual infantil.

Además de las penas de prisión, la Audiencia fija que el acusado indemnice a las víctimas con cantidades que van desde los 3.000 a los 30.000 euros y establece otra serie de medidas de libertad vigilada y de prohibición de acercamiento y comunicación con las víctimas, así como de inhabilitación para cualquier profesión, oficio o actividades, retributivas o no, que conlleve un contacto regular y directo con menores de edad.